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Paternidad

La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres ha creado también la prestación de paternidad.

Para la prestación por paternidad, se consideran situaciones protegidas la del nacimiento del hijo, la adopción y el acogimiento tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulan, siempre que en este último caso su duración no sea inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales, durante los periodos de descanso que por estas situaciones disfrutan legalmente los trabajadores.

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