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Etapa de configuración normativa (1962 - 1978)

En esta etapa, se aprueban las bases de un sistema integrado de Seguridad Social de alcance profesional con declaración de universalidad subjetiva y objetiva al intentar amparar toda la población y respecto de todas las prestaciones.
Sus hitos principales son:

Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963.

La Ley de Bases de la Seguridad Social y sus textos articulados I y II (1966 y 1974), unifican e integran los distintos seguros sociales y emerge un nuevo sistema de Seguridad Social que reordena la acción protectora desde parámetros eminentemente contributivos hacia el colectivo de los trabajadores por cuenta ajena y sus familias, y sólo parcialmente compartida por otros sectores profesionales de menor capacidad contributiva.
El 1 de enero de 1967 comienza la vigencia del nuevo sistema de Seguridad Social.

Ley de Financiación y Perfeccionamiento de 1972.

Para resolver los problemas financieros heredados del antiguo mutualismo, se define una estructura de cotización mayor, calculada en el Régimen General de acuerdo con los salarios reales y en el resto de Regímenes Especiales, que define la Ley de Bases, en atención a la distinta naturaleza y condiciones de ciertas actividades profesionales, con arreglo a unas bases mínimas o de acuerdo con lo acordado en procedimientos negociados. Asimismo, se mejora el campo de la acción protectora y se inicia la progresiva homologación entre Regímenes.

No obstante y aún cuando las citadas normas prevean que las aportaciones del Estado tendrán carácter progresivo y que se constituyan en un recurso ordinario de la Seguridad Social, en la práctica son las cotizaciones sociales las que soportan la mayor parte de la financiación de los servicios y prestaciones de la acción protectora. En consecuencia, las prestaciones siguen siendo insuficientes y el sistema de protección social tiene escasa relevancia en el conjunto de la economía nacional.

Otras notas que caracterizan esta segunda etapa son: la atribución de la gestión de la Seguridad Social al Estado y la separación entre un Régimen General y varios Regímenes Especiales.

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