Prórrogas Certificados
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Prórrogas Certificados | (PDF,518 KB) | 13/10/2020 |
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El 23.04.20 se ha publicado en el BOE núm. 113 la Resolución de 21 de abril de 2020, del Instituto Social de la Marina, por la que se actualizan determinadas medidas, con motivo del COVID-19, en relación con las prestaciones y servicios específicos para el sector marítimo-pesquero, entrando en vigor desde el momento de su publicación. Deroga la anteriormente publicada en el BOE 19.03.20, y actualiza las medidas adoptadas, con motivo del COVID-19, respecto a la validez de los Certificados de formación sanitaria específica, los Certificados de revisión de los botiquines preceptivos a bordo y de los Certificados médicos de aptitud para el embarque marítimo.
El ISM en su Programa de Sanidad Marítima incorpora una serie de actuaciones de carácter preventivo encaminadas a elevar el nivel de salud de la población antes de que el proceso de enfermedad aparezca, y disminuir los factores de riesgo laboral de los trabajadores del mar cuando se encuentran embarcados o en puertos extranjeros.
Las acciones básicas del Programa de Sanidad Marítima en su nivel preventivo son las siguientes:
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Prórrogas Certificados | (PDF,518 KB) | 13/10/2020 |
Siguiendo las directrices de la OIT en sus Convenios 16, sobre examen médico de los menores, 73, sobre examen médico de la gente de mar, y 113, sobre examen médico de los pescadores, el ISM realiza de manera gratuita, reconocimientos médicos de embarque marítimo para todos los trabajadores del mar.
Estos Reconocimientos, que son previos al enrolamiento de los marineros y tienen carácter obligatorio, tienen como objetivo garantizar que las condiciones psicofísicas del solicitante sean compatibles con las características de su puesto de trabajo y no supongan peligro para la salud y seguridad del individuo ni del resto de la tripulación. Dichas condiciones tampoco deberán poner en riesgo la navegación marítima.
Los reconocimientos médicos no sólo garantizan que el trabajador acceda al buque en las mejores condiciones psicofísicas posibles, sino que además, desde el punto de vista sanitario, son el punto de partida para conocer el estado de salud de la población trabajadora, lo cual supone un importante apoyo ante la eventualidad de que el trabajador precise una asistencia médica a bordo desde las distintas unidades asistenciales que integran el Programa de Sanidad Marítima.
Para que se les practique el reconocimiento médico de embarque marítimo, según del Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, los interesados, que deberán ser mayores de dieciséis años de edad y no encontrarse en situación e incapacidad temporal o baja médica ni en periodo de suspensión de la relación laboral por situación de riesgo durante el embarazo, deben solicitarlo en cualquiera de los Centros de Sanidad Marítima del ISM, en las Direcciones Provinciales y Direcciones Locales del ISM, y reunir los siguientes requisitos:
En cualquier caso, el ISM, en los reconocimientos médicos previos al embarque periódicos, se anticipa a los trabajadores remitiéndoles cartas informativas en las que se les recuerda el vencimiento del anterior reconocimiento y la necesidad de su renovación en cualquiera de los Centros de Sanidad Marítima del ISM, en las Direcciones Provinciales y Direcciones Locales del ISM.
El tiempo de vigencia del reconocimiento se determinará en cada caso por el médico que lo realiza en función del estado de salud del reconocido, su edad y la clase de trabajo a efectuar, con el tope máximo de validez de dos años en general y de uno si se trata de menores de 21 años o mayores de 50.
El artículo 9 del Convenio 164 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la protección de la salud y la asistencia médica de la gente del mar, de 1987, establece que las personas encargadas de la asistencia médica a bordo que no sean médicos, deberán haber realizado satisfactoriamente un curso aprobado por la autoridad competente de formación teórica y práctica en materia de asistencia médica, estableciendo una formación elemental y otra del más alto nivel en función del tonelaje del buque y del tiempo de demora a la obtención de una asistencia médica cualificada.
A este respecto, el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar (BOE del 24 de febrero) regula determinadas materias básicas en relación con la protección sanitaria de los trabajadores del mar: los contenidos de los botiquines a bordo de las embarcaciones, incluida la Guía sanitaria a bordo, las instalaciones mínimas sanitarias a bordo de los buques, la formación sanitaria obligatoria de los tripulantes y la designación del Centro Radio-Médico del Instituto Social de la Marina como centro de asistencia sanitaria permanente a la flota.
Con posterioridad la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo, establece los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar. Se crean dos certificados de formación sanitaria para los trabajadores del Mar:
Los certificados de Formación Sanitaria Específica tendrán una validez máxima de cinco años, debiendo, una vez transcurrido dicho plazo, realizar un nuevo curso de Formación Sanitaria Específica (inicial o avanzada) a fin de renovarlos.
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Solicitud de Certificado de Formación Sanitaria Específica por realización de curso | (PDF,179 KB) | 28/09/2022 |
Solicitud de Certificado de Formación Sanitaria Específica por Convalidación | (PDF,273 KB) | 28/09/2022 |
Solicitud de duplicado del Certificado de Formación Sanitaria Específica | (PDF,157 KB) | 28/09/2022 |
Aprovechando los reconocimientos médicos de embarque marítimo se recogen datos que se utilizan para el diseño y puesta en marcha de posteriores campañas de divulgación y prevención sanitarias.
Constituyen el cuarto eslabón de actuación preventiva que se realiza desde los centros provinciales y locales de sanidad marítima (Direcciones provinciales y locales del ISM). Con ellas se pretende incidir en el conocimiento sanitario del trabajador, implicándole como elemento responsable de su salud y aportando los medios necesarios para evitar la aparición de las patologías de mayor incidencia en esa población.
Cabe destacar la realización, entre otras, de las siguientes campañas:
Alimentación Saludable.
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Folleto de prevención del cáncer | (PDF,3653 KB) | 15/01/2013 |
Díptico campaña agua potable a bordo | (PDF,2371 KB) | 10/12/2014 |
Cartel campaña agua potable a bordo | (PDF,754 KB) | 10/12/2014 |
Díptico Campaña Centro Radio Médico | (PDF,816 KB) | 15/01/2016 |
Cartel Campaña Centro Radio Médico | (PDF,195 KB) | 25/04/2016 |
Díptico Campaña Responsable Sanitario a Bordo | (PDF,1037 KB) | 25/04/2016 |
Cartel Campaña Responsable Sanitario a Bordo | (PDF,1951 KB) | 25/04/2016 |
Díptico sobre la importancia de los colores a bordo | (PDF,1757 KB) | 31/01/2017 |
Cartel sobre la importancia de los colores a bordo | (PDF,293 KB) | 31/01/2017 |
Díptico Campaña Higiene Bucal | (PDF,3497 KB) | 22/12/2017 |
Díptico Campaña Manipulación Manual de Cargas | (PDF,2138 KB) | 22/12/2017 |
Díptico Campaña Salud Mental | (PDF,3551 KB) | 01/10/2021 |
Tu bienestar nuestra prioridad | (PDF,1517 KB) | 27/07/2022 |
Primeros Auxilios a Bordo | (PDF,1676 KB) | 24/03/2023 |
No hundas tu salud | (PDF,647 KB) | 21/04/2023 |
Diptico Beneficio Ejercicio Físico a Bordo | (PDF,818 KB) | 05/12/2023 |
Cartel Beneficio Ejercicio Físico a Bordo | (PDF,292 KB) | 15/11/2023 |
Alimentación Saludable | (PDF,7977 KB) | 09/04/2024 |
Las campañas de vacunación se efectúan a través de los Centros de Sanidad Marítma del ISM, ubicados en las Direcciones Provinciales y Direcciones Locales del ISM, con actuaciones propias o en colaboración con otros Organismos Sanitarios Públicos.
Además, muchos Centros de Sanidad Marítima realizan una importante labor preventiva vacunando, en campañas de ámbito nacional, provincial o local, contra enfermedades especialmente graves como tétanos, gripe y hepatitis B.
Los botiquines preceptivos a bordo se encuentran regulados en el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, modificado por el Real Decreto 1120/2021, de 21 de diciembre (BOE 305, 22.12.21). El control de las condiciones higiénico-sanitarias de los buques constituye una labor de capital importancia en la prevención de accidentes y de enfermedades a bordo de las embarcaciones.
Existen varios tipos de botiquines a bordo en función de la distancia de la costa a la que habitualmente se encuentran los barcos realizando su actividad y del tiempo que se tarde en recibir una adecuada asistencia sanitaria en caso de emergencia médica.
Las revisiones periódicas de los botiquines reglamentarios se realizan por el personal sanitario designado en los Centros de Sanidad Marítima del ISM, ubicados en las Direcciones Provinciales y Direcciones Locales del ISM y sus resultados se consignan en el certificado de revisión del botiquín correspondiente con validez de un año.
En todas las revisiones se comprobará que los botiquines de a bordo disponen de la dotación reglamentaria, que las condiciones de conservación del continente y contenido son adecuadas, que se respetan las fechas de caducidad de los componentes y que se encuentran debidamente señalizados e identificados. Asimismo, se verificará la existencia, registro y custodia de la documentación sanitaria obligatoria en función del tipo de botiquín.
La solicitud de revisión periódica del botiquín de a bordo se realizará en el modelo unificado de solicitud a cumplimentar por las empresas (punto 2) -disponible al pie de esta información-, y deberá presentarse a través del SERVICIO DE REVISIÓN DE BOTIQUINES (REM) disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Las solicitudes de revisión de botiquines podrán presentarse con una antelación de dos meses desde la fecha de vencimiento del certificado de revisión del botiquín previo.
La solicitud deberá ir acompañada del documento de control del contenido del botiquín o botiquines de los que se solicita la revisión, debidamente cumplimentados por el responsable sanitario de a bordo, cuya fecha no será superior a los quince días previos a la solicitud de revisión -formatos que figuran al pie de esta información-.
Asimismo, deberán aportarse evidencias de los aspectos señalados anteriormente para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos con relación al continente, contenido, ubicación, señalización, mantenimiento del botiquín de a bordo y disponibilidad de la documentación sanitaria integrante del botiquín (declaraciones responsables, facturas de adquisición de medicamentos, imágenes relativas al continente, señalización y ubicación del botiquín, etc.)
Una vez efectuada la misma, el patrón, capitán o responsable sanitario a bordo deberá custodiar los documentos de control del contenido del botiquín junto con el Certificado de Revisión del botiquín/nes firmado por el armador, hasta la siguiente revisión.
Para solicitar la prescripción de los medicamentos incluidos en la dotación farmacológica de los botiquines de los buques se remitirá el modelo unificado de solicitud a cumplimentar por las empresas (punto 1), a través del SERVICIO DE REVISIÓN DE BOTIQUINES (REM) disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
La solicitud de la documentación integrante del botiquín se efectuará, en su caso, en el modelo unificado de solicitud a cumplimentar por las empresas (punto 3), a través del SERVICIO DE REVISIÓN DE BOTIQUINES (REM) disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
ATENCIÓN
Para garantizar el correcto funcionamiento y la integridad del formulario de control de botiquines, le recomendamos seguir estos pasos:
Recuerde que el uso de navegadores web para completar el formulario puede afectar su correcto funcionamiento debido a las restricciones de seguridad de Adobe.
Documentos | Descarga | Fecha |
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Documento de control del Botiquín A | (PDF,1087 KB) | 04/03/2022 |
Documento de control del Botiquín B | (PDF,990 KB) | 28/03/2022 |
Documento de control del Botiquín C hasta 60 millas | (PDF,303 KB) | 17/03/2022 |
Documento de control del Botiquín C hasta 30 millas | (PDF,167 KB) | 04/03/2022 |
Botiquín de Mercancías Peligrosas | (PDF,141 KB) | 09/06/2016 |
Documento de control del Botiquín C de bote salvavidas | (PDF,161 KB) | 04/03/2022 |
Libro de registro de administración de fármacos | (XLS,519 KB) | 08/10/2012 |
Solicitud Unificada de Botiquines | (PDF,152 KB) | 03/06/2024 |
Documentos | Descarga | Fecha |
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Plan Nacional de Sensibilización en Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Pesquero | (PDF,388 KB) | 12/12/2016 |
Resolución de 22 de junio de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo sectorial estatal del sector de la pesca. | (PDF,209 KB) | 13/12/2016 |