Seguro escolar
Información General
Objeto: |
Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente escolar e infortunio familiar. |
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Causantes: |
El estudiante. |
Prestaciones: |
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Beneficiarios: |
El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares. |
Requisitos: |
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Cuantías / Pagos / Efectos: |
Distintas cuantías dependiendo de la prestación. El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga asignada la Dirección Provincial del INSS o por transferencia en la entidad financiera elegida en la solicitud. |
Duración: |
Dependiendo de la clase de prestación, la duración varía. |
Plazos: |
El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año. El plazo para solicitar gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas es de cinco años. El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días. |
Denegación / Extinción: |
El Director Provincial del INSS dictará resolución concediendo o denegando la prestación solicitada. |
Impresos: | |
Documentación: |
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Dónde tramitarlo: |
En cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. |
Entidad competente: |
El reconocimiento del derecho y pago de las prestaciones es competencia de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se haya presentado la solicitud. En el caso de prestaciones sanitarias será competente la Dirección Provincial del INSS de la provincia donde se haya prestado la asistencia sanitaria. |
Otros datos de interés: |
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