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Españoles (o asimilados), residentes en el territorio nacional
- Discapacidad o enfermedad crónica > 65 %.
- Discapacidad o enfermedad crónica > 75 % y ayuda de 3ª persona.
Pensiones de invalidez
En la modalidad no contributiva, podrán ser constitutivas de invalidez las deficiencias, previsiblemente permanentes de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen la capacidad física, psíquica o sensorial de quienes la padecen. Existen dos grados de invalidez:
El porcentaje de discapacidad se determina valorando tanto los factores físicos como los factores sociales complementarios que concurren. La valoración se realiza por equipos de profesionales especializados.
Pensiones de jubilación
Por su parte, son beneficiarios de la pensión de jubilación, en su modalidad no contributiva, las personas que cumplan los siguientes requisitos: