Prestación de Corresponsabilidad del cuidado del lactante
Procedimiento
Información General
Objeto: |
Prestación económica que trata de cubrir la pérdida de rentas que se producen con la reducción de la jornada de trabajo en media hora, que llevan a cabo con la misma duración y régimen los dos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando ambos trabajan, para el cuidado del lactante desde que cumpla nueve meses hasta los doce meses de edad. |
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Beneficiarios/Requisitos: |
Las personas trabajadoras en situación de suspensión del contrato de trabajo que cumplan los requisitos exigidos:
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Contenido/cuantía: |
Subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la establecida para la prestación de IT derivada de contingencias comunes y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo. Esta prestación está exenta de tributación por IRPF, salvo en el territorio foral navarro. |
Duración/Extinción: |
Se abonará durante el tiempo de suspensión del contrato de ambos trabajadores. Esta prestación se extinguirá cuando él o la menor cumpla doce meses de edad. |
Pérdida/suspensión: |
La percepción de la prestación quedará en suspenso durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado del menor, pudiendo retomarse en tanto el menor no cumpla los 12 meses de edad, siempre y cuando lo que se pretenda se ejercer de modo concurrente ambos derechos por el mismo progenitor. |
Impresos: | |
Documentación: |
Se debe adjuntar la siguiente documentación:
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Dónde tramitarlo: |
Para presentar la solicitud existen varias opciones:
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Entidad competente: |
La gestión y el pago de la prestación le corresponderán a la entidad gestora competente (INSS o ISM) |
Otros datos de interés: |