Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero, y seglares, misioneros y cooperantes
Procedimiento
Información General
Objeto: |
Cubrir las bases de cotización correspondientes a las contingencias de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. |
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Beneficiarios: |
Los emigrantes españoles e hijos de estos que posean la nacionalidad española, con independencia de que con anterioridad hayan estado o no afiliados a la Seguridad Social española, e independientemente del país en el que trabajen y de que dicho país tenga o no suscrito con España acuerdo o convenio en materia de Seguridad Social. Los seglares, misioneros y cooperantes dependientes de la Conferencia Episcopal, Diócesis, Órdenes, Congregaciones y otras Instituciones religiosas así como de organizaciones no gubernamentales, que tengan nacionalidad española y que sean enviados por sus respectivas organizaciones o instituciones a los países extranjeros, sin mediar relación laboral con éstas. Los españoles que, sin haber estado previamente afiliados al sistema de la Seguridad Social, participen en el extranjero en programas formativos o de invetigación de forma remunerada, cualquiera que sea el concepto o la forma de la remuneración que perciban, sin quedar vinculados por una relación laboral, los cuales tendrán la consideración de emigrantes a los solos efectos de la suscripción de esta modalidad de convenio especial. (Orden TIN 3356/2011, de 30 de noviembre). |
Impreso: | |
Documentación: |
Original y copia:
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Dónde tramitarlo: |
Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid .Si dispone de certificado digital puede acceder a la Sede Electrónica y remitir telemáticamente el modelo de solicitud y la documentación requerida a través del trámite Alta en Convenio Especial, situado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. |
Plazos: |
No se exige plazo alguno para presentar la solicitud, se puede presentar en cualquier momento. |
Efectos: |
Surte efectos a partir del día primero del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. |
Requisitos: |
Tener nacionalidad española. |
Extinción: |
Causas de extinción:
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Otros datos de interés: |
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