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Trabajadores desplazados

Trabajadores desplazados

Como norma general, los trabajadores desplazados están sometidos a la legislación de Seguridad Social del país en cuyo territorio están ejerciendo su actividad laboral. Ahora bien, si se trata de un traslado temporal pueden mantener la legislación española de Seguridad Social en los términos y requisitos que se indican a continuación:

Se aplica a los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia españoles o filipinos.

Desplazamiento Inicial

Para los trabajadores por cuenta ajena, que ejercen su actividad en una empresa española y que son desplazados por la misma a realizar temporalmente su actividad en Filipinas y para los trabajadores que ejercen su actividad por cuenta propia en España y que se trasladen temporalmente a ejercer su actividad en Filipinas se solicitará, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma, la expedición del correspondiente certificado de desplazamiento.

Formulario a tramitar

La empresa o trabajador por cuenta propia efectuarán su solicitud mediante el modelo TA.300 "Solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable", un ejemplar, y acompañarán el formulario E/FIL.1(Cert.) "Certificado de legislación aplicable", cumplimentado en triplicado ejemplar.

El formulario expedido por la Dirección Provincial o Administración correspondiente, certifica que el trabajador continúa sometido a la legislación española de Seguridad Social durante su desplazamiento en ese país, y en consecuencia está exento de cotizar a la Seguridad Social filipina.

Periodo a autorizar

El plazo máximo de duración del desplazamiento es de cinco años para los trabajadores por cuenta ajena y de dos años para los trabajadores por cuenta propia

Otros Desplazamientos

  • El personal itinerante de empresas de transporte aéreo y terrestre con sede en España, que ejerce la actividad en ambos paises.
  • Los trabajadores asalariados que ejercen su actividad a bordo de un buque con bandera filipina pero son remunerados por una empresa o persona con domicilio en España.
  • Los trabajadores españoles que residen en España y que prestan sus servicios en una empresa pesquera mixta constituida en Filipinas y en un buque con bandera filipina.
  • Los funcionarios españoles destinados en Filipinas, excluidos los miembros del personal de las Misiones Diplomáticas y Consulares.
  • Las personas enviadas en misiones de cooperación,

la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED expedirá el formulario E/FIL.1(Cert.) "Certificado de legislación aplicable" para toda la duración del desplazamiento, a petición del Organismo Público, empresa o del trabajador. Junto a este formulario, cumplimentado en triplicado ejemplar, se acompañará la solicitud TA-300 (un ejemplar).

Para los desplazamientos de:

  • los españoles que desempeñan su actividad en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en Filipinas y
  • el personal al servicio privado y exclusivo de los miembros de dichas Misiones u Oficinas, con nacionalidad española

que opten por la legislación española de Seguridad Social, la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED de la Tesorería General expedirá el formularioE/FIL.3(Cert) "Certificado de legislación aplicable.-Derecho de opción", para toda la duración del desplazamiento, a petición del Organismo público o del trabajador, que lo presentará en triplicado ejemplar.

Otras excepciones

La tramitación de las solicitudes de otras excepciones se lleva a cabo por la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La empresa o trabajador por cuenta propia efectuarán su solicitud mediante el modelo TA.300 "Solicitud de informaicón sobre la legislación de Seguridad Social aplicable".

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