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Este complemento sustituye al anterior Complemento por Maternidad.
¿A quién afecta? A los pensionistas de Clases Pasivas por jubilación o retiro forzoso, a partir del 1 de enero del 2022 por cada año completo que prorrogue su permanencia en el servicio activo.
¿Cuál es su cuantía? Deberá optar por las siguientes fórmulas:
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Un porcentaje mensual del 4% de su pensión, por cada año completo de prórroga, o
- Una cantidad a tanto alzado, por años completos cotizados, o
- Una combinación de ambas. (Esta opción todavía no ha sido objeto de desarrollo reglamentario por lo que actualmente no está disponible).
¿Cómo solicitarlo? Los interesados deberán indicar la opción elegida en su solicitud de jubilación presentada ante su órgano de jubilación competente del ministerio u organismo donde prestara sus servicios.
En el caso de no indicar su opción en ese momento, esta Dirección General se dirigirá a usted por escrito para que ejerza el referido derecho de opción, en cuanto reciba la documentación de su ministerio u organismo para reconocer su pensión de jubilación o retiro.
Puede encontrar toda la información referente en el apartado. - “Pensiones de jubilación o retiro/ Normas generales y supuestos especiales, punto b)”.