Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%
- 1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
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La cuantía de la asignación económica a que se refiere el artículo 351.a) LGSS 2015 se fijará, en su importe anual, en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
5.647,20 euros anuales por hijo (470,60 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:
REGIMEN TRANSITORIO. En vigor para aquellos beneficiarios que permanezcan cobrando las prestaciones familiares de hijo menor a cargo a extinguir.
El artículo 2 del Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, ha incrementado la cuantía anual (con efectos de 1 de abril de 2019) para los hijos o menores a cargo, menores de 18 años, sin discapacidad.
Tabla límite de ingresos para familias no numerosas
Si se trata de familias numerosas, el límite será de 21.888,00 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 3.546,00 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.
Tabla límite de ingresos para familias numerosas
A estos efectos, ha de entenderse que:
Escala de ingresos del hogar familiar