Prestaciones Asistenciales
Para atender las situaciones derivadas del trabajo en el mar como consecuencia de las circunstancias que concurren en el trabajo marítimo y pesquero:
Las situaciones protegibles son las siguientes:
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Pérdida de equipaje individual por naufragio o accidente de mar.
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Fallecimiento a bordo o desaparición.
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Traslado de cadáveres.
El Instituto Social de la Marina venía atendiendo estas situaciones a través de convocatorias anuales de ayudas económicas de carácter social en el ámbito de las subvenciones públicas. Con la publicación del Real Decreto 869/2007, de 2 de julio, se regula su concesión como prestaciones asistenciales del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores de Mar.