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Información general

Beneficiarios de la Formación

Podrán ser beneficiarios/as de la formación profesional marítima y sanitaria:

  • Los trabajadores y trabajadoras de nacionalidad española o nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que residan en España y los extranjeros que cuenten con permiso de trabajo y residencia en vigor, que estén afiliados y en situación de alta o asimilada al alta, incluidos los trabajadores fijos discontinuos, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en el momento de la presentación de la solicitud.
  • Los y las solicitantes de admisión a un curso del ISM sin incluir en el apartado anterior, que en el momento de presentar la solicitud sean demandantes de una ocupación del sector marítimo pesquero.

Requisitos de acceso a la oferta formativa del Instituto Social de la Marina

Además de cumplirse la condición de beneficiario en la fecha de presentación de la solicitud, también deberán acreditarse, en dicha fecha, los requisitos exigidos por el Instituto Social de la Marina para acceder al tipo de curso que se solicite.

Solicitud de admisión a cursos


Los interesados e interesadas deberán formalizar una solicitud, con validez en todo el territorio nacional y la vigencia que se determine, debidamente cumplimentada y firmada para cada tipo de curso, utilizando el modelo oficial vigente, que podrán obtener directamente en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina o descargarse de esta página web, (solicitud) en los términos establecidos en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina, y la Orden TMS/693/2018, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, aportando la documentación recogida en las citadas normas.

Cada solicitante de formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina podrá presentar y mantener vigentes un máximo de cinco solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse:

  • En cualquiera de las direcciones provinciales y locales del ISM.
  • A través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
  • En cualesquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con la finalidad de orientar y gestionar el acceso a la formación profesional marítima y sanitaria, el Instituto Social de la Marina dispone de una amplia red de oficinas de atención al público en las direcciones provinciales y locales, en las que personal técnico cualificado proporcionará la información y el asesoramiento necesarios.

Criterios de selección de asistentes a cursos

La selección de asistentes a los cursos se hará en los términos establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, siguiendo el procedimiento de su artículo 13.

Derechos y obligaciones del alumnado, incumplimientos y efectos, régimen de convivencia y medidas disciplinarias.

Los alumnos y alumnas asistentes a las acciones formativas del Instituto Social de la Marina, antes de confirmar su asistencia a las mismas, deben conocer cuáles son sus derechos y obligaciones (artículo 14 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo), así como:

  • Los efectos que les serían aplicables en caso de incurrir en los incumplimientos del artículo 16 de dicho real decreto.
  • Las medidas disciplinarias que se les aplicarían por la comisión de infracciones de las normas de convivencia durante el desarrollo de las acciones formativas que se desarrollen tanto con medios propios, contratados, a través de encargos a medios propios personificados o por cualquier otro medio previsto en la legislación vigente, o durante su estancia en las residencias de los Centros Nacionales de Formación del ISM y Direcciones Provinciales (artículos 18 a 26 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo).

Gastos reembolsables y reclamación de deuda

Con carácter general, las acciones formativas que imparta el ISM se realizarán lo más próximo posible a la localidad de residencia de sus beneficiarios.
La asistencia a los cursos (docencia) incluidos en los planes anuales del ISM no conllevará gasto alguno para sus beneficiarios/as.
Respecto a los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención en los que pueda incurrir el alumno o alumna que haya finalizado la acción formativa o que, por causas justificadas, no haya podido iniciarla o haya tenido que abandonarla, el ISM asumirá los siguientes gastos en los términos regulados en los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, y en el artículo 4 de la Orden TMS/693/2018, de 28 de junio:

a) Gastos de desplazamiento y de manutención cuando la distancia entre la localidad de residencia del alumno o alumna y la localidad en la que se ubica el centro de formación, sea igual o superior a 30 kilómetros.

b) Gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento cuando la distancia entre la localidad de residencia del alumno/alumna y la localidad en la que se ubica el centro de formación, sea igual o superior a 50 kilómetros.

Calendario de Acciones Formativas

Las fechas de impartición de los cursos incluidos en este Plan de Formación, se adecuarán a las necesidades y disponibilidad de los trabajadores y trabajadoras del mar.
Las personas interesadas en solicitar su participación en alguno estos cursos podrán dirigirse a la dirección provincial o local del Instituto Social de la Marina más próxima a su domicilio en donde se les indicarán las fechas de las distintas ediciones de cada tipo de curso.

Modificación del Plan de Formación 2024

El Instituto Social de la Marina se reserva la posibilidad de modificar el número y tipo de los cursos incluidos en el Plan de Formación 2024 cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen y justifiquen y que no puedan haberse tenido en cuenta en el momento de elaborar y aprobar dicho Plan.

Los datos relativos al número de horas lectivas y número de vacantes disponibles (número de alumnos y alumnas) consignados para cada uno de los cursos incluidos en el Plan de Formación 2024 son orientativos, indicándose igualmente que los requisitos de acceso a las acciones formativas pueden ser modificados por el Instituto Social de la Marina,  en cuyo caso podrá solicitarse la acreditación de los nuevos requisitos antes de pasar a la fase de preselección.

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