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¿Cómo realiza la Tesorería el procedimiento de cálculo automático de Pago Electrónico?

Con objeto de facilitar el ingreso de las cuotas a los sujetos responsables del mismo, la Tesorería General de la Seguridad Social, desde el 1 de septiembre de 2009, calcula automáticamente, a todas las liquidaciones  que no hayan solicitado cargo en cuenta o resulten acreedoras, las cuotas correspondientes y emite el Recibo de Liquidación de Cotizaciones para su ingreso por la modalidad de pago electrónico.

La Tesorería General de la Seguridad Social, a la recepción del fichero FAN, calcula automáticamente, las cuotas correspondientes, a partir de los  datos presentados en la relación nominal de trabajadores (TC2) y los obrantes para el Código de Cuenta de Cotización en el Fichero General de Afiliación.

En el supuesto de que el documento de cotización contenga errores o falta de datos que impidan la tramitación de la modalidad de pago electrónico, éstos serán comunicados al usuario en el correspondiente acuse técnico asociado al mensaje de entrada, debiendo proceder a enviar un nuevo TC2 con los datos correctos. 

Junto con el acuse técnico con el resultado de las validaciones del TC2 se remitirá un acuse provisional con los cálculos realizados. Si existieran diferencias entre el importe calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social y el consignado por el usuario en los totalizadores del fichero FAN, se informará de las mismas en el correspondiente acuse técnico, debiendo el usuario realizar una nueva presentación del TC2 con los datos correctos.

De no recibirse este nuevo documento correcto, se emitirá en los plazos establecidos el Recibo de Liquidación de Cotizaciones por el importe calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social. Este Recibo de Liquidación de Cotizaciones podrá hacerse efectivo no sólo a través de ventanilla en la Entidad Financiera sino a través de otros canales de pago como cajeros automáticos, banca telefónica, banca por Internet (según la disponibilidad de las Entidades Financieras).

Existe también la posibilidad de solicitar de forma anticipada la recepción del Recibo de Liquidación de Cotizaciones.

Con posterioridad a la emisión del Recibo de Liquidación de Cotizaciones el documento quedará bloqueado.  Por este motivo, se aconseja a los usuarios que adelanten la presentación de los documentos de cotización, de tal forma que dispongan de tiempo suficiente para comprobar los errores y corregir los documentos presentados  antes de que se generen los Recibos de Liquidación de Cotizaciones. No obstante, existe la posibilidad de desbloquear el documento a través del servicio de Anulación de TC2, siempre dentro del mismo periodo de recaudación. De esta forma, el Recibo de Liquidación de Cotizaciones quedará anulado y podrá realizarse un nuevo envío reemplazando al anterior. 

Para más información sobre los servicios disponibles en relación con los “Recibos de Liquidación de Cotizaciones” consultar el “Manual de usuario de transacciones de Pago Electrónico” disponible en el área “Documentación”, perteneciente al apartado “Sistema RED” de la página web de la Seguridad Social.

Los "Recibos de Liquidación de Cotizaciones" se remiten de igual forma que los acuses técnicos y se imprimen a través de la WinSuite32. Para ello, se selecciona en el menú principal de la WinSuite32 la opción "Impresión" y a continuación "Cotización".
En la pantalla de impresión de cotización se selecciona la opción de Recibos de Liquidación y se  pulsa el botón "Siguiente".

  Pantalla de la impresión TC2, TC1 y envíos. Aparecen marcadas la opción -Recibos de liquidación y el botón siguiente.

En la siguiente pantalla, se visualiza por tipos el número de documentos disponibles para cada periodo de recaudación. Se selecciona el periodo deseado y se pulsa el botón "Siguiente".

Imagen que muestra la ventana donde seleccionar los periodos de recaudación para imprimir.

Aparecerá en la parte superior de la pantalla, una relación de todos los ficheros para los cuales se ha emitido el "Recibo de Liquidación de Cotizaciones". Seleccionando un fichero se accede a los documentos de cotización que contiene.

Para la impresión del recibo se selecciona el documento de cotización, el tipo de recibo como"Pago Electrónico" y se pulsa el botón  "Ver/Imprimir".

Recibos de liquidación. En esta pantalla aparecen 2 ventanas una con los datos del fichero que se remite  y otra con los datos de CCC de la empresa. La opción –pago electrónico- aparece seleccionada a la derecha.

El "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" contiene toda la información económica referida a la cotización así como los datos de cabecera para el Pago Electrónico, que permite realizar el ingreso en las Entidades Financieras mediante diferentes canales (cajeros automáticos, banca telefónica o banca a través de Internet)

IMPORTANTE: La cabecera  deberá ser digitada correctamente para que el pago de las cotizaciones sea efectivo.

Ejemplo del Recibo de Liquidación de cotizaciones que incluye los datos relativos al periodo, concepto e importe entre otros.

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