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Pasos para la incorporación

1. Solicitud del Certificado Electrónico

En primer lugar, es necesario solicitar un Certificado Electrónico que garantice la seguridad en las comunicaciones.

Los Certificados Electrónicos que se pueden utilizar en el ámbito de RED Directo son cualquiera de los admitidos para los trámites con Seguridad Social (Lista de certificados electrónicos admitidos

2. Solicitud de autorización

Los interesados, una vez recibida la información pertinente, y obtenido el certificado digital, presentarán la solicitud de autorización a través del servicio disponible en la Sede Electrónica denominado "Autorización para el uso del Sistema RED"

Las autorizaciones al Sistema RED pueden ser de los siguientes tipos:

  • Autorización para actuar en nombre propio: cuando únicamente se vayan a gestionar CCCs o NAFs cuyo NIF coincide con el NIF de la autorización. 
  • Autorización para actuar en nombre de otros: aquellas en las que se vayan a gestionar CCCs o NAFs no coincidentes con el NIF de la autorización, distinguiéndose dos tipos:.   
    • Profesional Colegiado: cuando la persona física o alguno de los socios o miembros del órgano de administración de la persona jurídica a la que se concede la autorización sea un profesional Colegiado ejerciente de alguno de los siguientes Colegios: Graduados Sociales, Gestores Administrativos, Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles y Empresariales, Propiedad Inmobiliaria, Agentes Tributarios, Seguros, Administradores de Fincas Urbanas, Ingenieros, Técnicos Industriales, Procuradores y Registradores.
    • Tercero: en aquellos casos en los que se gestionen códigos de cuenta de cotización con un NIF diferente al NIF de la autorización, y que no cumplan las condiciones para solicitar la autorización del Tipo Profesional Colegiado.     

Estos tipos de autorización se pueden conceder tanto a una persona Física como Jurídica.

Junto al la solicitud de autorización debidamente cumplimentada, se deberá presentar además la siguiente documentación:  

  • En el caso de autorizaciones persona jurídica: acreditación de las facultades que ostenta el firmante de la solicitud para representar a la persona jurídica. 
  • En el caso de que la autorización sea del tipo Profesional Colegiado se deberá anexar además el certificado del Colegio profesional que le acredite como colegiado ejerciente. 

3. Solicitud de asignación de CCCs/NAFs

También será necesario solicitar la asignación a la autorización de los CCCs o NAFs que se vayan a gestionar. Este trámite podrá realizarse presencialmente en la TGSS o a través de un servicio disponible en Sistema RED Online / Gestión de Autorizaciones.

  • Solicitud presencial

    Se deberá presentar la siguiente documentación, en función de si el autorizado Red y el NAF o CCCs a asignar tengan igual o distinto NIF:

      • Formulario FR.104: Para aquellos casos en los que el autorizado RED y los CCCs y/o NAF a asignar o rescindir tengan el mismo NIF. En estos casos no se requiere el otorgamiento de representación al autorizado para que actúe en nombre del CCC o NAF ya que coincide con la identidad de ambos. Este formulario sólo ha de estar firmado por el usuario principal de la autorización, al que no se le solicitará que acredite la representación de la empresa autorizada, ya que la acreditó en el momento de la solicitud de la autorización.
      • Formulario FR103: Para aquellos casos en los que el Autorizado RED y el NAF a asignar tengan distinto NIF. En estos casos se requiere representación al autorizado para que actúe en nombre del afiliado. Deberá estar firmado siempre por el usuario principal de la autorización, así como por el afiliado o por el representante de éste.
      • Formulario FR10: Este formulario se utilizará cuando el Autorizado RED y los CCCs a asignar tienen distinto NIF. 

    Los trámites de Solicitud de asignación de CCCs/NAF a una autorización, no se podrán realizar a través del Registro Electrónico, (ni de forma individualizada, ni conjuntamente a la solicitud de autorización).

    Todos los formularios a presentar son de libre descarga en la página web de la Seguridad Social.

  • Solicitud telemática

    El servicio de solicitud de asignación/rescisión de CCCs/NAFs se encuentra disponible en Sistema RED Online/ Gestión de Autorizaciones. Este servicio solo puede ser utilizado por usuario principal de la autorización:

      • Al solicitar la asignación de un CCC o NAF el sistema comprobara si el NIF de la autorización coincide con el NIF del CCC o NAF a asignar Si coincide lo asignará automáticamente.
      • Si no coincide, la empresa deberá confirmar la asignación a través del servicio creado a tal efecto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

    Para más información sobre este servicio consultar el manual de “Gestión de Autorizaciones”.

  • 4. Concesión de la autorización

    Una vez concedida la autorización se envía, transcurridos unos días, al autorizado las copias de su resolución de autorización.

    5. Gestión de usuarios

    El usuario principal de la autorización podrá dar de alta, baja o modificar datos a usuarios secundarios a través del servicio “Alta/Baja o Modificación de Usuarios Secundarios”, situado dentro del apartado “Gestión de Autorizaciones – Gestión de Usuarios Secundarios” del Sistema RED On Line.

    No obstante lo anterior, con carácter excepcional se podrá presentar el formulario FR102A por el titular de la autorización para solicitar altas, bajas o modificaciones de usuarios secundarios de manera presencial en las Administraciones. Igualmente el usuario secundario podrá solicitar su baja presentando el formulario FR102U presencialmente, siempre y cuando existan impedimentos suficientemente justificados para no poder realizar dicho trámite de forma telemática. 

    6. Prácticas en el Sistema

    Después de haber obtenido la información necesaria y de haberse formado sobre este nuevo servicio, el usuario está listo para comenzar a trabajar con RED Directo. Es recomendable que antes de comenzar a utilizarlo en modo real se realicen una serie de pruebas. Las pruebas se realizan de forma diferente en los ámbitos de Afiliación y Cotización:

    • Afiliación: Existe la posibilidad de transmitir información en modo de prácticas, es decir, sin efecto real sobre las bases de datos de la TGSS. Es necesario disponer al menos de un Código de Cuenta de Cotización en prácticas, tal y como se ha comentado en la fase de Solicitud de la Autorización. Sobre ese  CCC el usuario podrá realizar las prácticas correspondientes. Para ello, se ha de entrar por la opción de "RED Directo. Afiliación Prácticas” existente en el apartado de “Inscripción y Afiliación Online” del menú "Servicios RED de RED Directo".
    • Cotización: En Cotización no existe la posibilidad de realizar prácticas.

      Al cierre del plazo de presentación, las liquidaciones calculadas y no confirmadas quedarán en estado borrador y presentadas a efectos del art.26 de la LGSS.

    En el ámbito de los partes médicos de alta, baja y confirmación de la baja, sólo se trabaja en real, por lo que no es posible realizar pruebas.

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