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Avisos año 2026

A partir del próximo 2 de marzo estará disponible una nueva versión de SILTRA 3.9.0.

La nueva versión incluye:

  • La modificación de la impresión de los siguientes informes, para adaptarla a la CNAE-2025.
    • IDC - Trabajadores por cuenta ajena
    • IDC/PL-NSS
    • IDC/PL-CCC
    • Informe de Trabajadores en Alta (ITA)
  • Actualización de la tabla T-41 - Tipos de Inactividad.
  • Actualización de la tabla T-21 – Situación.


Le informamos de que el próximo 16 de febrero se implantará una mejora en el sistema de atención telefónica a los Autorizados RED y más concretamente en su proceso de identificación, con la finalidad de reforzar la seguridad en la atención, garantizar la correcta identificación de los usuarios y mejorar la calidad del servicio.

Para ello, se modificará el flujo de la llamada quedando de la siguiente manera. En primer lugar, el usuario deberá seleccionar la opción 1 Autorizado RED y, a continuación, introducir su número de autorización, que será validado automáticamente. Una vez superada esa verificación, se escuchará el menú habitual y, tras seleccionar la opción deseada, se deberá indicar el tipo de documento identificativo marcando 1 si dispone de DNI o 2 si dispone de NIE. Posteriormente se deberán marcar únicamente los números del documento siguiendo las indicaciones de la locución: en el caso del DNI los números sin la letra final y en el caso del NIE los números sin la letra inicial ni la letra final. El sistema comprobará que el número del documento introducido corresponde a un usuario de la autorización, permitiendo hasta tres intentos en caso de error. 

Esta validación se aplicará en las subopciones de atención de los teléfonos 901 50 20 50 y 91 541 02 91, correspondientes a Inscripción y Liquidación de Empresas, Autónomos y Empleados de Hogar, Gestión Autorizado RED, Sede Electrónica, Notificaciones y Apoderamientos, Partes IT INSS, Recaudación Ejecutiva y Regularización de Cuotas de Autónomos, así como en la opción 1 del servicio de Regularización RETA en los teléfonos 91 908 70 67 y 901 20 30 40. Esta nueva funcionalidad no afectará a la opción de Instalación de Software.

Se encuentra disponible, en el área de Noticias RED, el Boletín de Noticias RED 02/2026, de 5 de febrero de 2026, que contiene los siguientes puntos:

  • RDL 3/2026. Artículo 3. Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización y de otros aspectos en materia de cotización en el sistema de la Seguridad Social.
  • RDL 3/2026. Disposición final primera. Incorporación de la disposición adicional sexagésima primera en el TRLGSS. Tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Real Decreto 919/2025, de 15 de octubre. Agentes forestales y medioambientales. Coeficiente reductor de la edad de jubilación.
  • Bonificación entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro. Supuestos especiales.

Se informa que, por motivos técnicos, se ha producido un retraso en el procesado de los ficheros de cotización. Se indican las actuaciones a realizar en función de la situación de la liquidación. 

  • Liquidaciones con modalidad de pago cargo en cuenta para las que se haya enviado un fichero de confirmación con anterioridad a las 23:59 horas del día 22 de enero:
    • En el momento en el que se procese el fichero de confirmación, si la liquidación queda calculada en su totalidad y no existen cambios con respecto al borrador anterior, se emitirá el Recibo de liquidación de Cotizaciones por la modalidad de cargo en cuenta y se emitirá el adeudo correspondiente.
    • Si la liquidación queda calculada en su totalidad, pero ha habido cambios en el importe con respecto al borrador anterior, se emitirá un Documento de cálculo de la liquidación, y se confirmará en el primer cierre de oficio de pago electrónico, emitiéndose el recibo correspondiente cuyo importe deberá ser ingresado en la entidad financiera.
    • Si la liquidación queda procesada con errores, deberá enviar un nuevo fichero de bases con los datos correctos. Si este envío se realiza antes del día 23 a las 23:59 horas y la liquidación queda calculada en su totalidad, entrará en el primer cierre de pago electrónico. Si el envío del fichero de bases con los datos correctos se realiza con posterioridad al día 23, deberá enviar un fichero de confirmación de la liquidación. En caso de no hacerlo, entrará al cierre de oficio del día 28 de enero.
  • Liquidaciones con modalidad de pago electrónico:
    • Independientemente del momento en el que se procesen, todas las liquidaciones presentadas antes de las 23:59 horas del día 23 que queden calculadas correctamente entrarán al primer cierre de oficio. Se prevé que los Recibos de Liquidación de cotizaciones de esta modalidad de pago se emitirán a partir del día 26 de enero.
    • Las liquidaciones que hayan quedado procesadas con error deberán enviar un fichero de bases correcto. Si el envío se realiza antes de las 23:59 horas del día 23, entrarán al primer cierre de pago electrónico. Si el envío del fichero de bases con los datos correctos se realiza con posterioridad al día 23, deberá enviar un fichero de confirmación de la liquidación. En caso de no hacerlo, entrará al cierre de oficio del día 28.

Se encuentra disponible, en el área de Noticias RED, el Boletín de Noticias RED 01/2026, de 8 de enero, que contiene los siguientes puntos:

  • RDL 1/2023. Implantación de las medidas contenidas en la DA 9ª: contratos de duración determinada que se celebren para sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales.
  • Real Decreto 919/2025, de 15 de octubre. Agentes forestales y medioambientales. Coeficiente reductor de la edad de jubilación.
  • Modificación del proceso de rescisión de empresas/afiliados a una autorización RED.
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