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Convenio especial para perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años

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Procedimiento de Solicitud del Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años

Objeto:

Completar las cotizaciones de Incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia, derivadas de contingencias comunes, y en su caso Jubilación.

Beneficiarios:
  • Los trabajadores perceptores del subsidio de desempleo, con derecho a cotización por la contingencia de jubilación, mayores de 52/55 años.
  • Los trabajadores fijos discontinuos que sean perceptores del subsidio de desempleo con derecho a cotización a la Seguridad Social por la contingencia de jubilación. Cuando el trabajador tenga menos de 52 años la suscripción se efectuará por un período máximo de 60 días.
Impreso:

Modelo TA-0040

Documentación:
  • Original y copia del: Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Extranjero o Pasaporte, según el caso.
  • Original o copia de la resolución de concesión del subsidio.
Dónde tramitarlo:

Ante la  Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración correspondiente al domicilio del solicitante.Si dispone de certificado digital  puede acceder a la Sede Electrónica y remitir telemáticamente el modelo de solicitud y la documentación requerida a través del trámite Alta en Convenio Especial, situado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Plazos:

Dos plazos:

  • 90 días siguientes al nacimiento del derecho al subsidio.
  • En cualquier momento durante la percepción del subsidio.

Más información sobre plazos

Efectos:

Surtirá efectos, a opción del interesado:

  • Desde que nazca el derecho al subsidio de desempleo(únicamente si se solicita dentro de los 90 días siguientes al reconocimiento del derecho).
  • Desde la fecha de presentación de la solicitud.
Denegación / Extinción / Suspensión:

Suspensión:

  • Durante los periodos de actividad del trabajador que determinen su inclusión en algunos de los regímenes de la Seguridad Social.
  • Durante los periodos de suspensión del subsidio.

Extinción:

  • Por la extinción del subsidio por desempleo, pudiendo suscribir un Convenio Especial previsto en la Regulación General.

Más información sobre denegación/extinción/suspensión

Otros datos de interés:
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