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Procedimientos
Anticipos del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos
| Código SIA |
993614 |
|---|---|
| Denominación | Anticipos del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones |
| Materia |
Clases Pasivas |
| Objeto |
Garantizar a los hijos menores de edad el pago de alimentos reconocidos e impagados, establecidos en convenio judicialmente aprobado o en resolución judicial en procesos de separación, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, filiación o alimentos, mediante el abono de una cantidad que tendrá la condición de anticipo. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
La documentación a presentar en este procedimiento figura relacionada en el modelo de solicitud -de tramitación presencial- que se incluye a continuación en el campo Formularios. |
| Fases del Procedimiento |
El procedimiento se inicia mediante solicitud del miembro de la unidad familiar que tenga la guarda y custodia del menor beneficiario del anticipo, formalizada en el modelo oficial. El plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento ordinario es de tres meses; y el del procedimiento de urgencia, dos meses, procedimiento éste que se iniciará cuando:(INCOMPLETO) |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
3 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
Si. |
| Recursos |
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Consulta de datos de pensionistas de Clases Pasivas
| Código SIA |
202789 |
|---|---|
| Denominación |
Consulta de datos de pensionistas de Clases Pasivas. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Consultar las prestaciones que abona Clases Pasivas. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
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| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Sede Electrónica de la Seguridad Social. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El interesado accede a los datos de sus pensiones de Clases Pasivas, por sí mismo o mediante representante o apoderado a través del apartado Clases pasivas de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
|
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No Procede. |
| Recursos |
Reconocimiento de haberes devengados y no percibidos
| Código SIA |
994676 |
|---|---|
| Denominación |
Reconocimiento de haberes devengados y no percibidos. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Abonar a instancia de parte legítima, a los herederos por derecho civil, cuando fallezca el beneficiario de alguna prestación de Clases Pasivas, los haberes en que ésta se concreta, devengados y no percibidos. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
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| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
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| Fases del Procedimiento |
La resolución sobre haberes devengados se adoptará por los correspondientes servicios de Clases Pasivas teniendo en cuenta tanto la documentación que, en su caso, pudiera ser aportada por el heredero o herederos, como la obrante en dichos servicios. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Ayudas a víctimas de delitos violentos
| Código SIA |
185400 |
|---|---|
| Denominación |
Ayudas a víctimas de delitos violentos. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocimiento de ayudas públicas en beneficio de las víctimas directas e indirectas de los delitos dolosos y violentos, cometidos en España, con el resultado de muerte, o de lesiones corporales graves, o de daños graves en la salud física o mental, así como en beneficio de las víctimas de los delitos contra la libertad sexual aun cuando éstos se perpetraran sin violencia. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
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| Fases del Procedimiento |
Las solicitudes se dirigirán a la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
6 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso ante la Comisión Nacional de Ayuda y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual o ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en el plazo de 1 mes Recurso extraordinario de revisión previsto en la Ley 30/1992, de RJAP y del PAC, contra las resoluciones de la citada D. G. y contra los Acuerdos de la Comisión, ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el plazo de 4 años o 3 meses, según los casos establecidos en el art. 118 de la citada ley. |
Pensiones en aplicación de Reglamentos Comunitarios
| Código SIA |
185390 |
|---|---|
| Denominación |
Pensiones en aplicación de Reglamentos Comunitarios. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocimiento de pensiones en favor de funcionarios (jubilación/retiro o invalidez) y sus familiares (viudedad, orfandad o en favor de padres) cuando aquéllos tuvieran acreditadas cotizaciones a los sistemas de pensiones públicas durante el tiempo de residencia en estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
La solicitud de aplicación de Reglamentos Comunitarios implica que, salvo manifestación en contrario del solicitante, se procederá a reconocer y liquidar las pensiones que puedan corresponder con arreglo a todas las legislaciones de los Estados en que se acrediten periodos de cotización o aseguramiento. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Acceso al Archivo de Clases Pasivas
| Código SIA |
200335 |
|---|---|
| Denominación |
Acceso al Archivo de Clases Pasivas. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Acceso a los documentos que, formando parte de un expediente ya terminado en la fecha de la solicitud, obren en el Archivo de Clases Pasivas, sin perjuicio de las exclusiones y limitaciones previstas en la Constitución y en las leyes. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El procedimiento se inicia mediante solicitud (modelo normalizado), en la cual se deberá indicarse con claridad el documento o conjunto de documentos a los que se refiere, así como la identidad del solicitante y una dirección, a efectos de comunicaciones. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
1 Mes. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, en el plazo de 1 mes si el acto fuera expresa o de 3 meses si no lo fuera. |
Liquidación de pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
| Código SIA |
201930 |
|---|---|
| Denominación |
Liquidación de pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocer las obligaciones y propuesta de los pagos de todas las prestaciones de Clases Pasivas. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
En el caso de la liquidación de las obligaciones de los pagos, referidas a los reconocimientos de pensiones y prestaciones competencia de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, no es necesario realizar una solicitud expresa. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativa, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Reconocimiento de pensiones en favor de los familiares de funcionarios pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado
| Código SIA |
991680 |
|---|---|
| Denominación |
Reconocimiento de pensiones en favor de los familiares de funcionarios pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocimiento de pensiones de viudedad, orfandad y en favor de padres de los funcionarios civiles incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
La solicitud se presentará debidamente cumplimentada y con la documentación necesaria, en los registros correspondientes, en cualquier momento posterior al fallecimiento del causante, sin perjuicio de la caducidad de sus efectos económicos si se formulase pasados tres meses del mismo. |
| Formularios |
|
| Plazo de Resolución |
4 Meses |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativa, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Reconocimiento de pensiones de jubilación o retiro de funcionarios pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado
| Código SIA |
185380 |
|---|---|
| Denominación |
Reconocimiento de pensiones de jubilación o retiro de funcionarios pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocimiento de pensiones de jubilación o retiro a los funcionarios que alcancen la edad de jubilación o retiro forzoso, a los que soliciten la jubilación o retiro con carácter voluntario y a los que resulten incapacitados de forma permanente para el ejercicio de las funciones propias de su Cuerpo o Escala, una vez que hayan sido jubilados o retirados por el correspondiente órgano de personal. Reconocimiento de pensiones de jubilación o retiro a las personas que han perdido la condición de funcionario según lo dispuesto en la Disposición adicional décima del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado y Oficio. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
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| Fases del Procedimiento |
Como paso previo al reconocimiento del derecho a pensión es necesario que el funcionario haya sido jubilado o retirado por el órgano competente, en un procedimiento específico para cada tipo de jubilación o retiro. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
3 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Modificación de datos de pensiones
| Código SIA |
994715 |
|---|---|
| Denominación |
Modificación de datos de pensiones. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Poner en conocimiento de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas la variación de datos que tengan trascendencia en el cobro de la pensión o pensiones: estado civil, otras pensiones públicas, trabajo activo, opción entre pensiones incompatibles, etc. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
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| Fases del Procedimiento |
Presentada la solicitud de modificación de datos, la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas iniciará las actuaciones pertinentes en función de la variación notificada. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
|
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
No tiene. |
Pensiones extraordinarias por actos de terrorismo
| Código SIA |
991613 |
|---|---|
| Denominación |
Pensiones extraordinarias por actos de terrorismo. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocimiento de pensiones extraordinarias por actos de terrorismo a favor de quienes, no accediendo al derecho a pensión extraordinaria en cualquier régimen público de Seguridad Social, pierdan la vida o sufran lesiones permanentes de carácter invalidante como consecuencia de acciones de terrorismo. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El interesado debe presentar debidamente cumplimentado el impreso de solicitud ante los registros correspondientes y con la documentación necesaria. |
| Formularios |
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| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Reconocimiento de pensiones derivadas de la guerra civil
| Código SIA |
991683 |
|---|---|
| Denominación |
Reconocimiento de pensiones derivadas de la guerra civil. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Reconocer pensiones a los familiares de los fallecidos como consecuencia de la guerra civil, y, asimismo, a los mutilados, civiles y excombatientes y sus familiares; a quienes prestaron servicios en las Fuerzas e Institutos Armados de la República alcanzando el empleo, al menos, de Sargento, y a sus familiares. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
Presentando la solicitud debidamente cumplimentada, con la documentación necesaria, en los registros correspondientes. |
| Formularios |
|
| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Revisión de actos administrativos en materia de Clases Pasivas
| Código SIA |
994374 |
|---|---|
| Denominación |
Revisión de actos administrativos en materia de Clases Pasivas. |
| Tipo de Procedimiento |
Revisión de actos administrativos y recursos. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Revisión de actos administrativos de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social que indebidamente hubieran denegado la titularidad de una pensión o que reconociendo tal derecho asignaran una cuantía inferior a la que legal o reglamentariamente corresponda (artículo 13 del Real Decreto 5/1993, de 8 de enero). |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado y Oficio. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El interesado debe presentar el escrito de revisión con la documentación acreditativa de la pretensión formulada. |
| Formularios |
|
| Plazo de Resolución |
4 Meses. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo
| Código SIA |
1814057 |
|---|---|
| Denominación |
Recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo. |
| Tipo de Procedimiento |
Revisión de actos administrativos y recursos. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Resolución de los recursos de reposición previos a la vía contencioso-administrativa, interpuestos contra las Resoluciones de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en materia de Clases Pasivas. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de PACAP. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El interesado debe presentar el recurso con la documentación acreditativa de la pretensión formulada en los registros correspondientes. |
| Formularios |
|
| Plazo de Resolución |
1 Mes. |
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación. |
Información previa a la jubilación o retiro, sobre el importe de la pensión de Clases Pasivas a recibir
| Código SIA |
994654 |
|---|---|
| Denominación |
Información previa a la jubilación o retiro, sobre el importe de la pensión de Clases Pasivas a recibir. |
| Tipo de Procedimiento |
Prestaciones. |
| Materia |
Clases Pasivas. |
| Objeto |
Proporcionar información sobre la cuantía aproximada de la futura pensión de jubilación o retiro, de acuerdo a la normativa vigente y los haberes reguladores fijados en la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado. |
| Órgano Responsable |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Normativas |
|
| Forma Inicio |
Interesado. |
| Lugar de Presentación |
Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
| Documentación |
|
| Fases del Procedimiento |
El interesado formulará la solicitud de información previa a la jubilación o retiro con todos los datos relativos a su carrera administrativa. |
| Formularios |
|
| Plazo de Resolución |
|
| Órganos de Resolución |
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. |
| Fin Vía |
No. |
| Recursos |
No tiene. |
Inicio