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Datos que deben contener las solicitudes

Sin perjuicio de las particularidades de cada régimen, con carácter general, la solicitud de alta contendrá los datos relativos al ejercicio de su actividad que faciliten una información completa a la Tesorería General de la Seguridad Social y en particular:

  • Nombre o razón social del empresario que promueve el alta.
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Apellidos y nombre del trabajador.
  • Número de Seguridad Social del trabajador.
  • DNI 
  • Domicilio del trabajador.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Grupo de cotización. 
  • Epígrafe de AT  y EP (únicamente para altas con fecha anterior a 31-12-2006)
  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada en su caso.
  • Ocupación (en los supuestos indicados en la Diposición adicional cuarta de la ley 42/2006 de 28 de diciembre de 2006)
  • Convenio/ Convenios Colectivos (obligatorio a partir de 26/07/2015)

En el caso de solicitud de baja, deberá contener los datos relativos a:

  • Nombre o razón social del empresario que promueve el baja.
  • Código de Cuenta de Cotización del empresario.
  • Régimen de Seguridad Social. 
  • Apellidos y nombre del trabajador. 
  • Número de Seguridad Social del trabajador. 
  • DNI. 
  • Domicilio del trabajador. 
  • Fecha de cese de la actividad 
  • Causa de la baja.

La solicitud de variación de datos, además de los datos identificativos del trabajador y del empresario, contendrá los datos objeto de modificación, debiendo ser comunicadas, fundamentalmente, aquellas variaciones que afecten a las condiciones laborales:

  • Tipo de contrato y coeficiente de jornada laboral.
  • Epígrafe de AT y EP.(para periodos anteriores a 31-12-2006)
  • Variación de grupo de cotización.
  • Fecha de variación.
  • Ocupación.

Si se trata de un trabajador por cuenta propia, además de los datos indicados anteriormente, tendrá los referidos a:

  • Actividad profesional.
  • Sede de la misma.
  • Régimen de Seguridad Social.
  • Peculiaridades en materia de cotización y acción protectora
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