Es un instrumento básico en la gestión de la protección social, ya que el tratamiento automatizado de los datos correspondientes permite, de una parte, una gestión más ágil y eficaz en beneficio de los perceptores y solicitantes de las prestaciones sociales, al tiempo que posibilita un control permanente respecto al mantenimiento del derecho a las prestaciones y facilita las medidas de lucha contra la utilización indebida de la protección y el fraude.
Constitución:
Se constituye en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), entidad responsable de los ficheros.
Objeto:
Tiene por objeto la inscripción de las prestaciones sociales de contenido económico, destinadas a personas y familias, con cargo a recursos de carácter público.
Obligación de suministrar datos:
Los organismos, entidades y empresas que están obligados a suministrar datos al Registro son los incluidos en el Catálogo publicado en el BOE mediante la correspondiente resolución del INSS.
Gestión:
Su gestión y funcionamiento corresponde al INSS.
Ejercicio de derechos por el afectado:
Los derechos de acceso a los ficheros del Registro, así como los de rectificación y cancelación de datos, son personales y solamente podrán ser ejercidos por el afectado o su representante legal, con las limitaciones que prevé la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE 14/12).
Denegación del acceso, rectificación y cancelación:
Se denegarán los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando se dé alguno de los supuestos regulados en los artículos 15.3, 23.1 y 2, y 24.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.