24/06/2022-Transformación de contratos con colectivo de trabajador
Desde la puesta en funcionamiento de los valores del campo COLECTIVO DE TRABAJADOR 967 – Circunstancias producción imprevisibles y 968 – circunstancias producción previsibles, en la anotación de los contratos 402 y 502, en el caso de realizar la transformación de dichos contratos en indefinidos (x09 y x89), era necesario realizar movimientos de baja y alta.
Se han realizado las modificaciones necesarias para que dicha transformación pueda realizarse mediante una variación de contrato.
Por las particularidades del campo COLECTIVO DE TRABAJADOR, una vez realizada la transformación, el nuevo contrato indefinido mantendrá el valor de dicho campo que tuviera anotado el contrato temporal, circunstancia que deberá tenerse en cuenta para cualquier modificación posterior que se realice en el contrato indefinido.