¿Qué es la prestación de corresponsabilidad del cuidado del lactante?
Es un subsidio que protege la reducción de la jornada de trabajo en media hora, que lleven a cabo con la misma duración y régimen (de jornada de trabajo), los dos progenitores, adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando ambos trabajen, para el cuidado del lactante desde que cumpla nueve meses hasta los doce meses de edad.
¿Qué trámites se deben realizar?
El/La trabajador/a presentará la solicitud, según modelo oficial, a la que acompañará los siguientes documentos:
- Documento de identidad, original y en vigor.
- Libro de familia o certificado de inscripción del hijo/a cuando estos datos no consten automatizados en el Registro Civil.
- Certificado de la empresa, de cada uno de los progenitores en el que conste: la fecha de inicio y fin de la reducción de jornada del trabajador/a prevista en el párrafo cuarto del artículo 37.4 del ET, la indicación del número de horas de trabajo habitual semanales, y el porcentaje en que ha quedado fijada la reducción de jornada.
¿Dónde se tramita?
El procedimiento para el reconocimiento del derecho se iniciará a instancia del interesado, mediante solicitud remitida a través de nuestra Sede Electrónica (http://sede.seg-social.gob.es), por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
¿Quién reconoce y paga la prestación?
La entidad gestora competente (INSS o ISM).
¿Cuándo finaliza la prestación?
Esta prestación se extinguirá cuando él o la menor cumpla doce meses de edad o cuando se dejen de cumplir los requisitos exigidos.