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Asistencia Sanitaria

A continuación se presenta el procedimiento general.

¿Qué es la asistencia sanitaria de la Seguridad Social?

La prestación de asistencia sanitaria garantiza el acceso a los servicios médicos y farmacéuticos del Sistema Nacional de Salud necesarios para conservar y restablecer la salud.

Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todas las personas que:

  • Tengan nacionalidad española y residencia habitual en el territorio español.
  • Tengan reconocido su derecho a la asistencia sanitaria en España por cualquier otro título jurídico, aun no teniendo su residencia habitual en territorio español, siempre que no exista un tercero obligado al pago de dicha asistencia.
  • Las personas extranjeras y con residencia legal y habitual en el territorio español y que no tengan la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía.

¿Qué trámites se deben realizar para tener derecho a la asistencia sanitaria?

El asegurado, al tiempo de solicitar la afiliación y alta o la solicitud de pensión u otra prestación periódica de la Seguridad Social, puede formalizar el documento de reconocimiento de asistencia sanitaria para sus beneficiarios.

Puede realizar este trámite a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es) por correo ordinario o en un centro de Atención e Información de la Seguridad Social, solicitando cita previa en los teléfonos 901 10 65 70/ 91 541 25 30 o en web www.seg-social.es

¿Dónde se tramita la tarjeta sanitaria?

Con el documento de reconocimento del derecho a la asistencia sanitaria, puede solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud que le corresponda.

El centro de salud,  tramitará la emisión de la tarjeta sanitaria individual para el asegurado y para cada uno de sus beneficiarios y la enviarán a su domicilio.

¿Quién reconoce el derecho a la asistencia sanitaria?

El Instituto Nacional  de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, en su caso, tienen la competencia para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.

¿Cuándo se extingue el derecho a la asistencia sanitaria?

  • Cuando se pierdan las condiciones requeridas para ser asegurado o benerficiario del derecho.
  • Por fallecimiento.
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