Solicitud de prestaciones
Las solicitudes de prestaciones españolas y caboverdianas deberán dirigirse a la Institución competente del país donde resida el interesado y tendrán eficacia en los dos países, siempre que el interesado manifieste expresamente o se deduzca de la documentación presentada que ha ejercido una actividad laboral en ambos países.
Si el interesado o sus causantes residen en un tercer país deberán dirigir su solicitud a la Institución del país (España o Cabo Verde) bajo cuya legislación aquel estuvo asegurado por última vez.
En España:
- el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más próximo a su domicilio (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o
- las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina, cuando se trate de trabajadores incluídos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar
En Cabo Verde:
- El Instituto Nacional de Previsión Social.