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Prestaciones incluidas en el Convenio

Prestaciones incluidas en el Convenio

Información general

El Convenio se aplica a las siguientes prestaciones:

En relación con España:

A las siguientes prestaciones de carácter contributivo del sistema de la Seguridad Social:

  • Prestaciones económicas por maternidad
  • Prestaciones por invalidez, vejez, muerte y supervivencia.
  • Prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
En relación con Argentina:

A las legislaciones relativas a las prestaciones contributivas de la Seguridad Social:

  • El régimen de Asignaciones Familiares en lo que se refiere exclusivamente a la Asignación por Maternidad.
  • Los regímenes de Jubilaciones y Pensiones basadas en el Sistema de Reparto o en la Capitalización individual
  • El régimen de Riesgos del Trabajo.
Respecto a estas prestaciones hay que tener en cuenta que:
  • Para adquirir las prestaciones de carácter contributivo previstas en el Convenio se pueden sumar los períodos de seguro cumplidos en España y en Argentina.
  • Las prestaciones económicas de carácter contributivo se podrán percibir con independencia de que se resida o se encuentre en España o en Argentina.
  • Cada país abonará sus propias prestaciones directamente al beneficiario.
  • Las personas que reúnan los requisitos exigidos por las legislaciones de ambos países para tener derecho a pensión contributiva, podrán percibir ésta de cada uno de ellos.

Maternidad

Para el reconocimiento de estas prestaciones se sumarán, si es necesario, los períodos de seguro acreditados en ambos países.

Invalidez, Vejez y Supervivencia

1. Pensiones de la Seguridad Social española y jubilaciones y pensiones del sistema de reparto de Argentina.Cada país examinará por separado la solicitud de prestación en la forma siguiente:

  • Se comprobará si el interesado alcanza derecho a la pensión teniendo en cuenta únicamente los períodos de seguro propios, sin sumar los del otro país.
  • Asimismo, se calculará la prestación sumando a los períodos de seguro propios los acreditados en el otro país. En este supuesto, el importe de la prestación no será íntegro, sino según la proporción existente entre los períodos de seguro cumplidos en el país que la otorgue y la suma de los períodos de España y Argentina.
  • Se compararán las prestaciones calculadas según lo indicado en los apartados anteriores y cada país reconocerá y abonará la prestación que sea más favorable al interesado.
  • En el supuesto de pensión de jubilación de la Seguridad Social española para que se hayan totalizado períodos de seguro argentinos, dicha totalización se utilizará, igualmente, para determinar la edad a la que se puede acceder a la pensión.

2. Jubilaciones y pensiones del sistema de capitalización individual argentino:

  • Los trabajadores afiliados a una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones tendrán derecho a prestaciones con cargo al importe acumulado en sus cuentas de capitalización individual.
  • Dichas prestaciones se adicionarán a las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público o de Reparto argentino, si reúne los requisitos exigidos en la legislación argentina.

Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional

La prestación se determinará por el país a cuya legislación se hallara sujeto el trabajador en la fecha de producirse el accidente o de contraerse la enfermedad.

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