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Acreditación de las personas que forman la unidad de convivencia

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En caso de haber recibido una comunicación donde se indique que la unidad de convivencia del IMV no coincide con los datos que constan en la base de datos del padrón del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y sea necesario acreditar las personas que forman parte de la unidad de convivencia, se deberá aportar documentación en función de las siguientes situaciones: 

  • Si la información del padrón – INE es inexacta porque que no se han producido incorporaciones ni bajas de personas en tu unidad de convivencia, se deberá presentar:
    • Certificado de empadronamiento histórico y colectivo actualizado, o documento equivalente, que acredite que no se han producido incorporaciones ni bajas de personas en tu unidad de convivencia respecto a las que figuraban previamente en el domicilio.
  • En caso de que se haya comunicado que la composición de la unidad de convivencia no consta en la base de datos del Padrón municipal, se deberá tener en cuenta:
    • Si el tipo de documento o número de identificación personal es distinto del que figura en la comunicación recibida, se deberá presentar:

      • Si eres español, el documento nacional de identidad (DNI), en vigor.

      • Si eres extranjero, la tarjeta de identificación de extranjero (TIE).

    • Si el tipo de documento o número de identificación personal fuera el mismo, se deberá presentar:

      • Certificado de empadronamiento histórico y colectivo, actualizado.

  • Si hay una o varias personas que se han incorporado a la unidad de convivencia, se deberá aportar:
    • En el supuesto de nuevos integrantes menores de edad, por nacimiento, adopción, acogimiento familiar permanente de menores, guarda con fines de adopción, reagrupación familiar de hijas e hijos menores de edad.
      • Documento que acredite la identidad de los nuevos integrantes menores de edad:
        • Para menores españoles, adjuntar el documento nacional de identidad (DNI).
        • Para integrantes menores extranjeros, adjuntar el documento nacional de identidad de su país de origen o la tarjeta de identificación de extranjero (TIE) o el pasaporte, además de aportar el número de identificación de extranjero (NIE) si no consta en los documentos presentados.
      • Libro de familia o certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil.

      • Certificado de nacimiento legalizado, solo en el supuesto de que el menor estuviera inscrito en el Registro Civil del país de nacionalidad, distinto de España.

      • Resolución judicial de adopción (en el supuesto de que fuera una adopción).

      • Resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento (para el supuesto de acogimiento familiar).

      • En el supuesto de pareja de hecho, cuando no exista convivencia entre los progenitores: documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes.

      • De tratarse de hijas e hijos menores incorporados a la unidad de convivencia por reagrupación familiar: resolución del Ministerio del Interior que acredite haber obtenido el permiso de residencia legal en España por reagrupación familiar en el caso de que no conste este dato en la TIE (tarjeta de identificación de extranjero del menor).

    • En el supuesto de nuevos integrantes mayores de edad (mayor de 18 o más años).

      • Documento que acredite la identidad de los nuevos integrantes mayores de edad:

        • Para integrantes españoles, adjuntar el documento nacional de identidad (DNI).

        • Para integrantes extranjeros, adjuntar el documento nacional de identidad de su país de origen o la tarjeta de identificación de extranjero (TIE) o el pasaporte, además de aportar el número de identificación de extranjero (NIE) si no consta en los documentos presentados.

      • Acreditación de la filiación (libro de familia o certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil)

      • Declaración responsable

  • Si la unidad de convivencia responde a alguna de las situaciones especiales que contempla la norma de IMV, se deberá entregar, teniendo en cuenta la situación, la siguiente documentación:
    • En el caso de que sea mujer víctima de violencia de género o persona víctima trata de seres humanos y explotación sexual: debe presentar documento que acredite tal circunstancia.
    • En los supuestos de trámite de separación o divorcio: demanda, resolución judicial o documento público que acredite los trámites de separación o divorcio.
    • Si se trata de la separación de la pareja de hecho: documento que acredite la disolución de la pareja de hecho formalmente constituida.
    • En los supuestos especiales de domicilio: contrato de alquiler en un domicilio o título jurídico que acredite el uso exclusivo de una zona del domicilio. En otro caso, contrato que acredite el uso individualizado en un establecimiento hotelero o similar.
    • En caso de abandono del domicilio por desahucio o inhabitabilidad por causa de accidente o fuerza mayor: debe presentar documento que acredite tal circunstancia.
    • En el supuesto de cumplimiento de condena privativa de libertad: debe presentar documento que acredite tal circunstancia.
    • Certificado de Servicios Sociales, de encontrarse en alguno de siguientes supuestos:
      • La inexistencia de los vínculos previstos en la norma que establece esta prestación (artículo 6.1 de la Ley 19/2021), cuando en el mismo domicilio, además de los solicitantes del ingreso mínimo vital unidos por dichos vínculos, se encuentran empadronadas otras personas con las que se alegue no tener lazos de parentesco, de consanguinidad o de afinidad, ni haber constituido una pareja de hecho.
      • La inexistencia de los vínculos previstos en la citada norma, entre todos o parte de los convivientes cuando uno de ellos solicitara el ingreso mínimo vital como consecuencia de estar en riesgo de exclusión social.
      • Empadronamiento en un domicilio ficticio en aplicación de las correspondientes instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
      • El carácter temporal de la prestación de servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, de la que sea usuario.
      • El domicilio real cuando se alegara no vivir en el que consta en el empadronamiento.
      • Acreditar el riesgo de exclusión social.

En caso de haber recibido comunicación, la aportación documental podrá realizarse a través de este servicio: Presentar documentación acreditativa para el ingreso mínimo vital (IMV).

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