Reembolso de gastos
En algunas circunstancias, puede tener derecho al reintegro de gastos por un tratamiento médico necesario o un tratamiento médico programado.
Reembolso de gastos por tratamiento médico necesario
Si usted está asegurado en España y durante una estancia temporal en Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, el Reino Unido o alguno de los países pertenecientes a la Unión Europea, ha necesitado asistencia médica puede haberse visto obligado a sufragar los gastos total, o parcialmente, incluso habiendo presentado la Tarjeta Sanitaria Europea o el Certificado Provisional Sustitutorio.
Si no ha podido solicitar el reembolso de gastos en el mismo país de estancia, podrá solicitarlo cuando regrese a España. En algunos casos, la legislación del país donde recibió la asistencia médica necesaria establece el pago de una cantidad fija o un porcentaje de los gastos (copago) derivados de la misma. En ese caso, el paciente debe asumir a su cargo dichos importes o copagos, en igualdad de condiciones con los asegurados de ese Estado, por lo que no serán reembolsables.
Los gastos se reembolsarán según las normas y baremos del país donde se haya recibido tratamiento.
Puede obtener y presentar la solicitud telemáticamente desde aquí.
También puede descargar la Solicitud de Reembolso de Gastos por Asistencia Sanitaria – Tratamiento necesario, que contiene la información necesaria sobre la documentación que debe aportar y presentarla presencialmente. Puede pedir cita previa a través del servicio para solicitar cita o en el teléfono 901 10 65 70 / 915412530.
Si tiene cualquier otra duda puede hacérnosla llegar a través del buzón de consultas, seleccionando el tema “Asistencia Sanitaria Internacional".
Reembolso de gastos por tratamiento médico programado
En ocasiones, aun aportando el formulario S2 de “Derecho a tratamiento programado”, la legislación del país donde recibió la asistencia médica programada establece el pago de una cantidad fija o un porcentaje de los gastos (copago) en concepto de honorarios médicos, hospitalización o tratamiento que el paciente deberá abonar allí directamente, en igualdad de condiciones con los asegurados de ese Estado.
Sin embargo, podrá solicitar el reintegro de gastos sanitarios a su llegada a España, por si procediese el mismo, a través del INSS, telemáticamente desde aquí.
También puede descargar la Solicitud de Reembolso de Gastos por Asistencia Sanitaria – Tratamiento Programado, que contiene la información necesaria sobre la documentación que debe aportar y presentarla presencialmente. Puede pedir cita previa a través del servicio para solicitar cita o en el teléfono 901 10 65 70 / 915412530.
Si tiene cualquier otra duda puede hacérnosla llegar a través del buzón de consultas, seleccionando el tema “Asistencia Sanitaria Internacional".