Auxilio por defunción
Información General
Objeto: |
Ayuda para hacer frente a los gastos del sepelio. |
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Beneficiarios: |
Quienes hayan pagado los gastos del sepelio. Salvo prueba en contrario serán:
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Causante: |
Persona fallecida, cuya muerte origina el derecho a la prestación. |
Requisitos: |
Encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, o percibiendo subsidio de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, maternidad o paternidad o ser pensionista de incapacidad permanente o jubilación del nivel contributivo. |
Cuantía: |
46,50 euros. |
Plazos: |
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Impresos: |
Solicitud de Auxilio por Defunción |
Documentación: |
Los documentos que se detallan en el modelo de solicitud. |
Dónde se tramita: |
En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social y en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina, los trabajadores del mar. |
Entidad competente: |
El reconocimiento del derecho a la pensión corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina, para los trabajadores del mar. Cuando la muerte sea debida a accidente de trabajo, a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. |
Otros datos de interés: |
El derecho al percibo del auxilio por defunción prescribe a los 5 años. |