Las solicitudes de prestaciones españolas y coreanas deberán dirigirse a la Institución competente del país donde resida el interesado.
Si el interesado reside en un tercer país, las solicitudes de prestaciones españolas y coreanas pueden presentarlas ante la Institución competente de cualquiera de los dos países.
En España:
- el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más próximo a su domicilio (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o
- las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina, cuando se trate de trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar
En Corea:
- Servicio Nacional de Pensiones