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Las empresas deberán anotar el valor 017 - TURISMO-COMERC- HOSTELERÍA C/FIJ. DISCONT., a través del SISTEMA RED, en aquellos CCC con valor 79xx en el campo ACTIVIDAD ECONOMICA (CNAE).
En cambio serán los usuarios de la Tesorería General de la Seguridad Social o ISM, quienes podrán anotar dicho valor en los CCC con actividades encuadradas en el sector del comercio y a hostelería (55xx y 56xx) del campo CNAE.
Como excepción, aquellas empresas con CCCs pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Illes Balears, podrán anotar los registros el valor 017 en el campo CAUSA DE PECULIARIDAD DE COTIZACIÓN para los CCC con valores de CNAE. 79xx, 46xx, 47xx, 55xx y 56xx.