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Instituto Social de la Marina (ISM)

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C/ Génova, 24 - 28004 - MADRID.
Teléfono: 91 700 66 00.

Directora: Elena Martínez Carqués

¿Qué es el Instituto Social de la Marina?

El Instituto Social de la Marina es una Entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, de ámbito nacional que actúa bajo la dirección y tutela del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, adscrita a la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones.

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Órganos directivos centrales

El Instituto Social de la Marina se estructura en los siguientes órganos:

  1. De participación en el control y vigilancia de la gestión:
    • Consejo General.
    • Comisión ejecutiva del Consejo General.
  2. De dirección y gestión:
    • Dirección.
    • Subdirecciones generales.

El Consejo General es el órgano superior a través del cual se lleva a cabo la participación de trabajadores, empresarios, cofradías de pescadores y entidades públicas, en la vigilancia y control de la gestión del Instituto y a él corresponde elaborar los criterios de actuación del Instituto Social de la Marina, elaborar el anteproyecto de presupuesto y aprobar el informe anual del Instituto Social de la Marina. A la Comisión ejecutiva del Consejo General le corresponde supervisar y controlar la aplicación de los acuerdos del Consejo General, así como proponer, en su caso, cuantas medidas, planes y programas sean necesarios para este fin.

La Dirección del Instituto Social de la Marina, con rango de subdirección general, asumirá las competencias de planificación, dirección, control e inspección de las actividades del mismo para el cumplimiento de sus fines. Asimismo, en la Dirección se integrarán las funciones de información, relaciones públicas, relaciones internacionales, fondos documentales, edición y distribución de publicaciones, recursos humanos y formación del personal del Instituto e inspección y calidad de los servicios; así como las relaciones con los servicios informáticos y el Servicio Jurídico Delegado.

De la Dirección dependen las siguientes unidades, con rango de subdirección general:

  • Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
  • Subdirección General de Acción Social Marítima.
  • División de Administración y Análisis Presupuestario.

Corresponde a la Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar:

  1. La ordenación administrativa de la gestión y el control del derecho a las prestaciones económicas y otras prestaciones a corto plazo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar reconocidas al amparo de normativa nacional y de reglamentos comunitarios.
  2. La gestión, reconocimiento, administración y el control del derecho a las prestaciones económicas del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar reconocidas al amparo de convenios bilaterales de Seguridad Social.
  3. La ordenación administrativa de la gestión y el control del derecho a las prestaciones por desempleo y a las prestaciones por cese de actividad de los trabajadores autónomos cuando estos últimos tengan cubiertas las contingencias profesionales con el Instituto Social de la Marina.
  4. La administración y el control de la emisión de la tarjeta sanitaria europea y de los formularios de derecho a la asistencia sanitaria prestada en otros países, así como la gestión y propuesta de pago de los gastos correspondientes a los reembolsos por asistencia sanitaria prestada en otro Estado al amparo de los instrumentos internacionales de Seguridad Social.
  5. En colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social, la dirección, impulso, control e implantación de instrucciones de servicio en materia de encuadramiento, inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variación de datos de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, de gestión de convenios especiales, de inscripción de las embarcaciones y de los artefactos flotantes, de cotización y de recaudación en período voluntario.
  6. El apoyo técnico y la colaboración en materia de convenios, acuerdos, tratados y organizaciones internacionales, en el ámbito de sus competencias.
  7. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a través del plan anual de objetivos.
  8. La administración y el control del derecho a la percepción y mantenimiento de ayudas públicas por parada de la flota, así como la propuesta del gasto correspondiente a la gestión que en esta materia se pueda encomendar al Instituto Social de la Marina, actuando en este ámbito como organismo intermedio de gestión del Fondo Europeo de Pesca.

Corresponde a la Subdirección General de Acción Social Marítima:

  1. La planificación y supervisión de la prestación de asistencia sanitaria integral a los trabajadores del mar a bordo y en el extranjero, a través del centro radio médico, los buques sanitarios del Instituto Social de la Marina y/o de los centros asistenciales en el extranjero.
  2. El control de la realización de los reconocimientos médicos de embarque marítimo de acuerdo con la normativa específica y con lo dispuesto en los convenios internacionales ratificados por España.
  3. La verificación de las condiciones sanitarias de las embarcaciones, incluyendo el control de los botiquines a bordo y la elaboración y facilitación de la documentación sanitaria relativa a los mismos tales como el Libro de revisión del botiquín y la Guía sanitaria a bordo.
  4. El desarrollo de actuaciones en materia de protección, promoción y mejora de la salud laboral, incluyendo la vigilancia de la salud de los trabajadores del mar.
  5. La formación sanitaria de los trabajadores del mar, la homologación de centros privados para impartir formación sanitaria específica y la expedición de certificados de formación sanitaria.
  6. La coordinación de la impartición de la formación especializada y formación profesional obligatoria para el desarrollo de la actividad marítimo-pesquera a través de la red de centros del Instituto Social de la Marina, la elaboración del plan anual de formación de los trabajadores del mar y el asesoramiento a éstos en materia de formación marítimo-pesquera, así como la coordinación y gestión de los centros nacionales de formación, actuando en este ámbito como organismo intermedio de gestión del Fondo Social Europeo.
  7. La promoción y gestión del bienestar social de los trabajadores del mar a bordo y en el extranjero. El seguimiento y control de las prestaciones asistenciales en atención a situaciones especiales derivadas del trabajo en el mar, y la dispensa de los servicios que garanticen su asistencia en casos de abandono, así como la asistencia social a los trabajadores del mar y sus beneficiarios como consecuencia de situaciones de abandono en el extranjero por sus empresas, naufragios o hechos análogos y su enrolamiento en barcos extranjeros. Todo ello sin perjuicio de las funciones de protección de las autoridades consulares competentes.
  8. La dirección técnica y coordinación de las actividades encomendadas a los buques sanitarios y de apoyo logístico del Instituto Social de la Marina, “Esperanza del Mar” y “Juan de la Cosa”.
  9. La coordinación y gestión de los centros asistenciales en el extranjero.
  10. El apoyo técnico y la cooperación con organismos nacionales e internacionales relacionados con actividades sanitarias, laborales y marítimas.
  11. La coordinación y desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar e incrementar la seguridad marítima y la seguridad del trabajo en el mar, así como la colaboración con otros organismos de la administración con competencias en el sector marítimo-pesquero.
  12. En los territorios en que se mantenga la competencia del Instituto Social de la Marina, la planificación y supervisión de la asistencia sanitaria de los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional, la asistencia y servicios sociales dirigidos a promover el bienestar de los trabajadores del mar y de sus familias, y la formación profesional y las políticas activas de empleo.

Corresponde a la División de Administración y Análisis Presupuestario:

  1. La formulación, en términos de objetivos y programas de gasto, de los planes de actuación de la entidad.
  2. La elaboración del anteproyecto del presupuesto de la entidad, el trámite de los expedientes de modificaciones presupuestarias y el control de la ejecución presupuestaria de sus centros de gasto.
  3. El seguimiento, análisis y evaluación de los programas, objetivos, indicadores y créditos presupuestarios.
  4. La elaboración de análisis e informes económico-financieros, así como del apartado correspondiente al impacto económico y presupuestario de las preceptivas memorias del análisis de impacto normativo de los anteproyectos de normas que elabore la entidad.
  5. En general, el asesoramiento en materia económico-- financiera y la elaboración de propuestas de alternativas para mejorar la eficacia del gasto, la optimación de recursos y la racionalización de la gestión económica.
  6. La elaboración de documentación de su competencia para su remisión al Tribunal de Cuentas y demás órganos superiores de control económico-presupuestario.
  7. La ordenación, coordinación y tramitación de la contratación administrativa, inversiones, obras y de la gestión económico-financiera.
  8. La gestión del Fondo de Maniobra y de los gastos realizados mediante el procedimiento de “pagos a justificar”.
  9. La elaboración de los planes de necesidades de recursos materiales de los servicios centrales, así como el mantenimiento de sus instalaciones.
  10. La gestión del patrimonio inmobiliario adscrito al Instituto para el desarrollo de sus fines y la coordinación de estas actuaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  11. La elaboración y mantenimiento del inventario centralizado de bienes, muebles e inmuebles.
  12. La seguridad y régimen interior incluyendo la gestión del registro y del archivo general.
  13. La prevención de riesgos laborales del personal del Instituto Social de la Marina.

Organigrama del ISM

Órganos periféricos

  1. De participación en el control y vigilancia de la gestión: Comisiones ejecutivas provinciales.
  2. De dirección y gestión:
    • Direcciones provinciales.
    • Direcciones locales.

Corresponde a las Comisiones ejecutivas provinciales supervisar y controlar, en su ámbito territorial, la aplicación de los acuerdos del Consejo General, así como proponer, en su caso, cuantas medidas, planes y programas sean necesarios para este fin.

Las direcciones provinciales son los órganos del Instituto Social de la Marina competentes para la gestión de diversas funciones, en su respectivo ámbito territorial y estarán estructuradas en las unidades administrativas que dispongan las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

Las direcciones locales estarán bajo la dependencia orgánica y funcional de las direcciones en cuyo ámbito se encuentren ubicadas y la estructura que se determine en la relación de puestos de trabajo del Instituto Social de la Marina.

  • La gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
  • En colaboración con la Tesorería General, la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, recaudación y control de cotizaciones.
  • La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar y sus beneficiarios dentro del territorio nacional.
  • La asistencia sanitaria de los trabajadores del mar a bordo y en el extranjero, utilizando sus propios medios, tales como el Centro Radio-Médico, Banco de Datos, Centros en el Extranjero, Buques Sanitarios y otros que puedan implantarse, o acordando la evacuación y repatriación de trabajadores enfermos o accidentados.
  • La información sanitaria a los trabajadores del mar, la educación y distribución de la Guía Sanitaria a Bordo, la práctica de los reconocimientos médicos previos al embarque, la inspección y control de los medios sanitarios a bordo y de las condiciones higiénicas de las embarcaciones, y cualesquiera otras funciones de medicina preventiva y educación sanitaria que le puedan ser delegadas.
  • La formación y promoción profesional de los trabajadores del mar, así como atender a su bienestar a bordo o en puertos (nacionales o extranjeros) y al de sus familias, en cumplimiento de la Recomendación 138 de la Organización Internacional del Trabajo.
  • En cumplimiento del Convenio nº 9 de la Organización Internacional del Trabajo, promover en colaboración con el Instituto de Empleo, Servicio Público de Empleo Estatal, las acciones que competen a éste, cuando se refieran a los trabajadores del mar, tanto en la gestión de las prestaciones de desempleo como en lo relativo a la colocación de la gente del mar.
  • Realizar estudios, informar o proponer proyectos de normas o programas y participar en la elaboración de convenios internacionales que afecten al sector marítimo-pesquero.

El resto de los contenidos, cuya publicidad activa viene exigida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, puede visualizarse en el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado.

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