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Certificado Provisional Sustitutorio (CPS)

El Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) de la Tarjeta Sanitaria Europea es el documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en el territorio del Espacio Económico Europeo (1) o Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia prevista, de acuerdo con la legislación del país de estancia, independientemente de que el objeto de la estancia sea el turismo, una actividad profesional o los estudios.

El CPS no es válido cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o el Instituto Social de la Marina (ISM), emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud. Tampoco es el documento válido si usted traslada su residencia al territorio de otro Estado miembro.

El CPS ofrece la misma cobertura que la TSE. En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables.

Se emite en los casos en los que no sea posible la expedición de la TSE, o cuando se deba presentar documentación específica, o cuando el desplazamiento sea inminente y no sea posible obtener la TSE al inicio del desplazamiento.

Para ampliar información podrá consultar la dirección de internet:http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=es&catId=559

 

Pueden solicitar el CPS

Los titulares del derecho y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social.

Solicitud y Renovación

Por Internet, si dispone de certificado digital o Cl@ve permanente para garantizar la seguridad y confidencialidad del trámite, puede solicitar el Certificado Provisional sustitutorio de la Tarjeta Sanitaria Europea (CPS) en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

De esta forma, obtendrá el CPS de forma inmediata, pudiendo imprimirlo en su domicilio.

Presencialmente, acudiendo a cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), solicitando cita previa al CAISS elegido, o en las Direcciones Provinciales o Locales del Instituto Social de la Marina (ISM) en el caso de los titulares del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, cuando sea necesario aportar documentación que acredite el derecho a exportar las prestaciones sanitarias, o si su desplazamiento es inminente.

En este caso, el CPS se obtendrá de forma inmediata, entregándose en mano en el CAISS o Dirección Provincial o Local del ISM.


Validez

El Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) es válido durante el periodo que se indica en el documento. Se emiten por 90 días como máximo desde su fecha de inicio. La utilización del CPS durante su periodo de validez se encuentra condicionada a que su titular continúe reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 del Reglamento (CE) 883/04.

Es importante que antes de realizar un desplazamiento a cualquier país del Espacio Económico Europeo (1) o a Suiza, compruebe que el periodo de validez del CPS comprende la fecha de regreso prevista.

(1) Estados en los que tiene validez el CPS:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.

Nota informativa para imprimir


En la siguiente tabla podrá descargarse los siguientes Documentos.
Documentos Descarga Fecha
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