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DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
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Efectos económicos
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Trabajadores en alta en la Seguridad Social:
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Desde el día siguiente al del cese en el trabajo, cuando la solicitud se haya presentado dentro de los 3 meses siguientes a aquél o con anterioridad al mismo.
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En otro caso, se devengará con una retroactividad máxima de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
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Trabajadores en situación asimilada a la de alta:
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Trabajadores que no estén en situación de alta ni asimilada a la de alta:
Desde el día siguiente al de la solicitud o cuando se produzca el hecho causante, según sea la situación asimilada de que se trate.
Desde el día siguiente al de presentación de la solicitud.
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