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Hecho causante / efectos económicos
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Hecho causante:
El día del cese en el trabajo, siempre que se haya producido el cese efectivo en el trabajo y la simultánea contratación del nuevo trabajador.
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Efectos económicos:
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El día siguiente al del hecho causante, si la solicitud se presenta dentro de los 6 meses anteriores o dentro de los 3 meses posteriores al cese en el trabajo.
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Retroactividad máxima de 3 meses contados desde la fecha de presentación de solicitud, si la solicitud se presenta transcurridos más de 3 meses desde el cese en el trabajo.
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