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Hecho causante / efectos económicos

  • Hecho causante:

    El día del cese en el trabajo, siempre que se haya producido el cese efectivo en el trabajo y la simultánea contratación del nuevo trabajador.

  • Efectos económicos:

    • El día siguiente al del hecho causante, si la solicitud se presenta dentro de los 6 meses anteriores o dentro de los 3 meses posteriores al cese en el trabajo.

    • Retroactividad máxima de 3 meses contados desde la fecha de presentación de solicitud, si la solicitud se presenta transcurridos más de 3 meses desde el cese en el trabajo.

                                  



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