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Daños causados por las intensas tormentas de lluvia y viento e inundaciones que han afectado a la Comunitat Valenciana durante los días 11 a 19 del mes de octubre de 2007
REAL DECRETO LEY 10/2007, de 19 de octubre – ORDEN TAS /3436/2007, de 26 de noviembre (BOE 29/1
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Moratoria de un año sin interés para las empresas y los trabajadores por cuenta propia, en el pago de las cuotas correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2007 en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
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Exención en el pago de las cuotas correspondientes a los contratos de trabajo objeto de suspensión o reducción de la jornada de trabajo acordados en la resolución de un expediente de regulación de empleo que tenga su causa en los daños producidos por la lluvia, viento e inundaciones, mientras dure la suspensión o reducción de la jornada.
Términos municipales y núcleos de población indicados en el anexo de la Orden INT /3357/2007, de 28 de noviembre (BOE 21/11/2007), de las provincias de Valencia y Alicante.
- Plazo de presentación:
Hasta el 29 de febrero de 2008
- Lugar de presentación:
- Moratoria: en las Administraciones y Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, preferentemente donde tengan la gestión centralizada si tienen autorizada la misma; en la Delegación o Subdelegaciones del Gobierno en las provincias afectadas, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Exención: además de en los lugares indicados en el párrafo anterior, ante la Autoridad Laboral que sigue el expediente de regulación de empleo.
- Moratoria: en las Administraciones y Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, preferentemente donde tengan la gestión centralizada si tienen autorizada la misma; en la Delegación o Subdelegaciones del Gobierno en las provincias afectadas, o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Documentación a aportar con la solicitud
- Moratoria:
- Uno de los tres tipos siguientes de documentos a opción del solicitante:
- Documentación expedida al efecto por el respectivo ayuntamiento o por el Delegado o Subdelegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana, acreditativa de los daños y de la ubicación de las empresas o explotaciones afectadas.
En el caso de las empresas, esta documentación consistirá en una Certificación de carácter individualizado para cada una. - Resolución favorable en expediente de regulación de empleo que tenga su causa en los daños producidos por las inundaciones.
- Resolución o comunicación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o, en su caso, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en la que conste la condición de beneficiario de las indemnizaciones otorgadas por los referidos daños.
- Documentación expedida al efecto por el respectivo ayuntamiento o por el Delegado o Subdelegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana, acreditativa de los daños y de la ubicación de las empresas o explotaciones afectadas.
- Los documentos de cotización de los meses transcurridos del período sobre el que se solicita la moratoria así como los relativos a los meses posteriores cuyo plazo de presentación hubiera ya vencido, aunque no se hubieren ingresado las cuotas respectivas.
- Uno de los tres tipos siguientes de documentos a opción del solicitante:
- Exención:
- Resolución de la Autoridad Laboral recaída en expediente de regulación de empleo acordando la suspensión del contrato de trabajo o la reducción temporal de la jornada de trabajo como consecuencia de la situación de fuerza mayor derivada de los daños ocasionados. Si el expediente de regulación de empleo no se hubiere resuelto en el momento de presentar la solicitud, se aportará dicha resolución dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se dicte, aportándose con la solicitud documentación acreditativa de que se encuentra en trámite.
- Los documentos de cotización de los meses transcurridos del periodo sobre el que se solicita la exención así como los relativos a los meses posteriores cuyo plazo de presentación hubiere ya vencido, aunque no se ingresen las cuotas respectivas.
- Resolución de la Autoridad Laboral recaída en expediente de regulación de empleo acordando la suspensión del contrato de trabajo o la reducción temporal de la jornada de trabajo como consecuencia de la situación de fuerza mayor derivada de los daños ocasionados. Si el expediente de regulación de empleo no se hubiere resuelto en el momento de presentar la solicitud, se aportará dicha resolución dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se dicte, aportándose con la solicitud documentación acreditativa de que se encuentra en trámite.
- Moratoria:
Durante el plazo establecido para la presentación de la solicitud de moratoria o exención, y con base en ellas, se podrá solicitar la devolución de las cuotas de los periodos objeto de moratoria o exención, acompañando los documentos acreditativos de su pago, tanto si hubieren sido ingresadas en su plazo reglamentario o fuera de él, con anterioridad a la concesión de las citadas medidas.
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