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Aula de la Seguridad Social

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Contenido

Relación jurídica con la Seguridad Social.
Campo de aplicación.
Afiliación, inscripción, altas, bajas, regímenes

Objetivos

Con esta unidad se pretende:

  • Encuadrar el Sistema de Seguridad Social dentro del Estado Social y Democrático de Derecho.
  • Destacar la necesidad del cumplimiento de las obligaciones, para la obtención de derechos.
  • Definir los tipos de relaciones jurídicas entre el ciudadano y la Seguridad Social.
  • Determinar los requisitos para estar incluido en el campo de aplicación del Sistema de Seguridad Social.
  • Definir el concepto de Afiliación, su obligatoriedad, su trámite y sus efectos.
  • Definir el concepto de Inscripción, su obligatoriedad, su trámite y sus efectos.
  • Establecer la diferencia entre la Afiliación y el Alta en la Seguridad Social
  • Definir los conceptos de Alta y Baja, tipos, trámites y efectos.
  • Definir cómo se organiza el nivel contributivo de la Seguridad Social en los distintos Regímenes y sus especificidades.

Contenidos

  • Relación jurídica con la Seguridad Social
  • Campo de aplicación
  • Afiliación
  • Inscripción de empresas
  • Altas y Bajas
  • Regímenes

Recordemos que...

  • El Sistema de Seguridad Social es un mecanismo del Estado para la protección ante las situaciones de necesidad.
  • Los derechos y obligaciones que origina el sistema, así como la gestión del mismo, son "públicos".
  • Es la Ley la que determina y regula la "relación" entre los ciudadanos y la Seguridad Social, no queda a la libre disposición de las partes.
  • Orientación hacia el principio de universalidad: nivel contributivo y no contributivo.
  • La afiliación y las altas subsiguientes constituyen el mecanismo para determinar quiénes son los responsables de la obligación de cotizar y de los derechos que está generando el trabajador por su "contribución" al sistema; si el trabajador no es dado de alta, y la Seguridad Social no conoce tal circunstancia, no puede darles protección. Es muy importante controlar el cumplimiento de esta obligación.
  • La afiliación es única, vitalicia y exclusiva.
  • La afiliación, inscripción y alta deben ser previas al inicio de la actividad profesional.
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