Los trabajadores por cuenta propia o autónomos pueden cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, con efectos en las siguientes fechas:
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1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
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1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
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1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
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1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
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1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
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1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
La solicitud de cambio de base puede realizarse en el servicio Base de cotización y rendimientos disponible en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o en el Sistema RED si se dispone de un autorizado RED. Junto con la solicitud de cambio de base se deberán declarar los rendimientos netos mensuales esperados.
Documentos | Descarga | Fecha |
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TC4005 Solicitud cambio base de cotización |
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10/10/2018 |