El articulo 122 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2008, en su punto 12 establece que la cotización de los becarios e investigadores, incluidos en el campo de aplicación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, durante los dos primeros años se llevara a cabo aplicando las reglas contenidas respecto de la cotización en los contratos para la formación.
Esta modificación no estará operativa hasta la recaudación de Abril 2008, por tanto la presentación e ingreso de las cuotas correspondientes a enero, febrero y marzo se llevara a cabo a partir del 1 de abril.