Devolución de ingresos indebidos por parte de la TGSS (Artículo 45 de la Orden TAS/3512/2007, de 26 de noviembre).
La Orden TAS/3512/2007, de 26 de noviembre, en su artículo 45, punto 2, establece que la solicitud de devolución de ingresos indebidos por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social podrá presentarse, además de en los lugares previstos por el artículo 38.4 de las Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a través del Sistema RED, de encontrarse los interesados incorporados en él.
Sin embargo, esta opción de solicitud de ingresos indebidos a través del sistema RED no está disponible. La TGSS está estudiando y desarrollando esta nueva funcionalidad con el fin de dar cumplimiento a la norma.