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LEY 20/2007, DE 11 de julio del Estatuto del Trabajo Autónomo.

La disposición adicional décima de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajador Autónomo, establece que los trabajadores autónomos podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con él. En este caso, del ámbito de la acción protectora dispensada a los familiares contratados quedará excluida la cobertura por desempleo.

Esta nueva exención de desempleo de hijos menores de 30 años de trabajadores Autónomos, es aplicable en las liquidaciones de cuotas devengadas a partir de la Recaudación de noviembre/07.

En un próximo boletín de noticias RED  se indicarán las modificaciones a realizar en el fichero de cotización (FAN) para la aplicación de esta exención de desempleo. Hasta ese momento, si procediera la aplicación de dicho beneficio, se tendrá que tramitar mediante una solicitud de devolución de cuotas.

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