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2003/9 de 18 de julio de 2003

Generación de Recibos de Liquidación de Cotizaciones para las modalidades de cargo en cuenta y saldos acreedores.

Tal y como se anticipaba en nuestro Boletín de Noticias RED  2003/03 de 18 de Febrero de 2003, a partir de la liquidación de junio (presentaciones de julio) se remitirá a los autorizados Recibo de Liquidación de Cotizaciones para las modalidades de cargo en cuenta y saldos acreedores.

Para la modalidad de ingreso de Cargo en Cuenta, el Recibo de Liquidación de Cotizaciones se remitirá una vez finalizado el plazo de presentación de solicitud de cargo en cuenta (a partir del día 19 del período de presentación).

Por tanto, a partir del día 19 de julio se remitirán los Recibos de Liquidación de Cotizaciones correspondientes a la liquidación de junio de todos los Códigos de Cuenta de Cotización con solicitud de cargo en cuenta aceptada.

Para las liquidaciones que resulten acreedoras, se remitirá a partir del día 15 del mes siguiente al de presentación.

A diferencia del modelo emitido para la modalidad de ingreso de cobro por ventanilla, los Recibos de Liquidación de Cotizaciones correspondientes a la modalidad de cargo en cuenta y para liquidaciones acreedoras no contendrán datos de cabecera de cobro por ventanilla, ya que son  exclusivos de esta modalidad de ingreso.

La emisión del Recibo de Liquidación de Cotizaciones para ambas modalidades no implica una modificación en el Sistema de ingreso de cuotas en el caso de cargo en cuenta o abono de las liquidaciones que resulten acreedoras, ya que tanto el ingreso como el abono, en su caso, se efectuará directamente en la cuenta cliente indicada en el fichero FAN.

El Recibo de Liquidación de Cotizaciones no implica el pago de las cuotas si no va acompañado del correspondiente comprobante de ingreso de la Entidad Financiera ("Adeudo por Domiciliaciones)"

Este modelo contiene todos los conceptos relativos a la liquidación de cuotas, siendo el justificante de la solicitud de cargo en cuenta aceptada a trámite, o justificante de la presentación de solicitud de Saldo Acreedor ante la Administración de la Seguridad Social, en cada caso. Este documento será autenticado mediante huella electrónica.

Impresión del Recibo de Liquidación de Cotizaciones.

La actual versión de Winsuite ya contempla la posibilidad de imprimir los Recibos de Liquidación de Cotizaciones para las modalidades de cargo en cuenta o saldos acreedores.

La impresión del "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" se realizará mediante el módulo de "Impresión" de Winsuite, seleccionando la opción de "Recibos de Liquidación".

Pulsando el botón "Siguiente" aparecerán los períodos de recaudación para los que existen Recibos de Liquidación de Cotizaciones, y en la parte inferior de la pantalla, los Códigos de Cuenta de Cotización. Para proceder a su impresión deberán seleccionarse uno o varios Códigos de Cuenta de Cotización y pulsar el botón "Ver/Imprimir".

El usuario podrá seleccionar si desea que le aparezcan todos los Códigos de Cuenta de Cotización con "Recibo de Liquidación de Cotizaciones" o sólo desea imprimir los de una modalidad en concreto (cargo en cuenta, cobro por ventanilla o saldos acreedores).

En la siguiente tabla podrá descargarse los siguientes Documentos.
Documentos Descarga Fecha
Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones de Cargo en cuenta. Descargar documento Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones de Cargo en cuenta.. El documento se abrirá en una nueva ventana. Descargar documento Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones de Cargo en cuenta.. El documento se abrirá en una nueva ventana. (PDF,20 KB) 01/04/2008
Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones Saldo Acreedor. Descargar documento Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones  Saldo Acreedor.. El documento se abrirá en una nueva ventana. Descargar documento Ejemplo Recibo de Liquidación de Cotizaciones  Saldo Acreedor.. El documento se abrirá en una nueva ventana. (PDF,20 KB) 01/04/2008

Nuevas funcionalidades de Afiliación.

Para ejercer cualquier actividad lucrativa en España por parte de determinados trabajadores extranjeros, se debe tener la correspondiente autorización administrativa para trabajar.

Por tanto, el alta en la Seguridad Social está condicionado a la existencia de esta autorización.

Conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, reformada por la Ley Orgánica 8/2000, ningún empresario puede contratar a un extranjero que no esté autorizado a trabajar en España.

Sin perjuicios de la sanciones establecidas por la Ley Orgánica 4/2000, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2000, son consideradas conductas constitutivas de infracción muy grave las de los empresarios que utilicen trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, o su renovación.

Estas infracciones se sancionarán con multa de cuantía comprendida entre 3.005,07 y 90.151,82 euros.

Con el fin de llevar a cabo el control sobre estas contrataciones se hace necesario realizar las siguientes modificaciones en el fichero AFI:

  • Creación de dos nuevos campos en el registro DAM:

    • Autorización para trabajar- an3

    • Vigencia autorización para trabajar- n8

Se adjunta nuevo fichero AFI con las modificaciones resaltadas sobre fondo gris y tabla de valores admisibles en el campo "Autorización para trabajar".

Estos nuevos campos se podrán mecanizar tanto en las altas como en las modificaciones de altas previas.

  • Modificación Acuse Técnico.

Las modificaciones expuestas en el apartado anterior, originan modificaciones en los acuses técnicos que se emiten como respuesta al procesado de las diferentes acciones de un mensaje de afiliación.

(Se adjunta nuevo diseño del acuse técnico con las modificaciones resaltadas sobre fondo gris).

  • Puesta en Funcionamiento.

Todas las modificaciones descritas en los puntos anteriores entrarán en funcionamiento a partir del 4 de Agosto

En la siguiente tabla podrá descargarse los siguientes Documentos.
Documentos Descarga Fecha
Mensaje de afiliación - Trabajador por cuenta ajena - Regimen General - Versión 3.6.0 Descargar documento Mensaje de afiliación - Trabajador por cuenta ajena - Regimen General - Versión 3.6.0. El documento se abrirá en una nueva ventana. Descargar documento Mensaje de afiliación - Trabajador por cuenta ajena - Regimen General - Versión 3.6.0. El documento se abrirá en una nueva ventana. (PDF,201 KB) 01/04/2008
Tabla de valores admisibles en el campo Autorización para trabajar (T42) Descargar documento Tabla de valores admisibles en el campo Autorización para trabajar (T42). El documento se abrirá en una nueva ventana. Descargar documento Tabla de valores admisibles en el campo Autorización para trabajar (T42). El documento se abrirá en una nueva ventana. (PDF,21 KB) 01/04/2008
Formato acuses técnicos de afiliación remesas Descargar documento Formato acuses técnicos de afiliación remesas. El documento se abrirá en una nueva ventana. Descargar documento Formato acuses técnicos de afiliación remesas. El documento se abrirá en una nueva ventana. (PDF,19 KB) 01/04/2008

Próxima versión de Winsuite

Las modificaciones relativas al ámbito de afiliación se implementarán en la próxima versión de Winsuite. No obstante, su distribución se retrasará ya que se está preparando una versión con otras modificaciones, y estos cambios es necesario implementarlos a la mayor brevedad posible.

En tanto no se efectúe la distribución de la actualización de Winsuite, todos los movimientos que requieran la consignación de los nuevos campos "Autorización para trabajar" y  "Vigencia autorización para trabajar" que no se contemplan en la versión actual, se podrán realizar sin problemas a través de afiliación on line.

Además, si en los programas de nómina y gestión de personal se implementan dichos cambios, se podrá realizar la afiliación a través de remesas.

En este supuesto, si se mecaniza los nuevos campos, Winsuite únicamente dará un error en el número de versión de sintaxis de mensaje.

Dicho error no impedirá el envío de los ficheros, permitiéndose la aplicación de los movimientos en el Fichero General de Afiliación.

Por último, no se podrá utilizar el módulo de generación de ficheros AFI desde Winsuite con estos dos nuevos campos hasta que no se realice la actualización de la misma.

En un próximo boletín de noticias se informará sobre el calendario de distribución de la nueva versión de Winsuite.

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