La nueva versión de Winsuite 3.9 incluye las siguientes funcionalidades:
2.1. INSS
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Adaptación del módulo
INSS para incluir una nueva funcionalidad: los partes de confirmación.
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Introducción en los partes de baja del campo "Recaída", que deberá cumplimentarse siempre que la baja sea debida a esta causa.
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Inclusión de nuevos campos en la impresión de los Acuses técnicos que informan sobre el resultado de la aplicación de los movimientos. Los campos que se ha introducido son: Razón Social de la empresa, nombre y apellidos del trabajador y carencia (expresa si el trabajador tiene cotizados los días necesarios para tener derecho a la prestación).
Es necesario recordar que para poder seguir transmitiendo partes médicos será imprescindible una actualización de versión por parte de los usuarios, ya que los nuevos formatos de fichero son incompatibles con los antiguos. El nuevo formato entrará en vigor el próximo 15 de julio, y a partir de ese momento el formato actual no será válido.
Asimismo, todas las respuestas que se generen se harán con el nuevo formato, y sólo podrán imprimirse con la versión de Winsuite nueva (3.9).
Como consecuencia, los ficheros FDI que se generen y envíen con formato antiguo (versión de Winsuite antigua) no serán procesados.
Para poder coordinar el paso de una versión a otra, se procederá de la siguiente manera:
1.- Se podrán enviar mensajes con formato antiguo hasta el viernes 12 de julio a las 19:00 horas.
2.- Se procesarán dichos mensajes, enviando las correspondientes respuestas el mismo día 12 de julio.
3.- Durante el fin de semana se realizarán en los sistemas que procesan los mensajes los cambios necesarios para tratar el nuevo formato.
4.- A partir del lunes 15 de julio todos los ficheros que se envíen deberán tener formato nuevo pues en caso contrario no serán procesados. Para un correcto funcionamiento del sistema, no se deberá hacer ningún envío con formato nuevo hasta las 12:00 de la mañana.
2.2. AFILIACIÓN
Tal y como se explicaba en el boletín de noticias RED 2002/4, dicho valor podrá ir asociado a los contratos 150, 250, 350, 401, 402, 408, 410, 418, 420, 421, 430, 441, 450, 501, 502, 508, 510, 518, 520, 530, 540, 541 y 550.
2.3. COTIZACIÓN
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Admisión de bonificaciones del tipo CD07 (bonificaciones a cargo del
SPEE ) en los códigos de contrato 401, 402, 408, 410, 418, 420, 421, 430, 441, 450, 501, 502, 508, 510, 518, 520, 530, 540, 541, 550, para reflejar la bonificación prevista en el R.D.Ley 5/2002, del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, cuando dichos contratos se suscriban con trabajadores mayores de 52 años beneficiarios del subsidio por desempleo.
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Admisión de bonificaciones del tipo CD16 (Bonificaciones para mayores de 60 años), en los códigos de contrato 540 (Jubilación parcial), como consecuencia del cambio de criterio del
SPEE , al entender que estos contratos ya no se consideran contratos de duración determinada, y por tanto, pueden acceder a las bonificaciones previstas en el
R.D. Ley 16/2001, siempre que se reúnan los requisitos establecidos.