Partes de Altas y Bajas de Incapacidad Temporal
Esta funcionalidad permite la remisión al Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, de los partes de alta y baja médica tanto derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales, así como los partes de confirmación.
El envío de documentos médicos mediante este sistema supone el cumplimiento del trámite obligatorio previsto en el artículo 2 del Real Decreto 575/97, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por Incapacidad Temporal.
Por tanto, los partes remitidos mediante RED Directo, y validados y aceptados por el INSS, dispensarán a las empresas del trámite de presentación vía papel de este documento ante cualquier CAISS o Dirección Provincial del INSS.