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Convenio especial de asistencia sanitaria para pensionistas de nacionalidad suiza residentes en España.

Procedimiento

Procedimiento de solicitud del Convenio especial de Asistencia Sanitaria para pensionistas de nacionalidad Suiza residentes en España

Información General


Objeto:

El objeto de este Convenio Especial es cubrir la contingencia de Asistencia Sanitaria.

Beneficiarios:

Los beneficiarios de pensiones previstas por la Legislación Federal Suiza de Seguridad Social siempre que ostenten la nacionalidad suiza o española y residan en España y no tengan derecho a la cobertura de la asistencia sanitaria en España.

Impreso:

Modelo TA-0040

Documentación:
  • Documento Identificativo.

Original o copia que acredite:

  • Ser titular de una pensión o de una renta concedida por la legislación federal Suiza de Seguridad Social.
  • La nacionalidad Suiza.
  • La fijación de su residencia habitual en España.
  • La existencia de relación familiar, si existen personas beneficiarias a su cargo.
Dónde tramitarlo:

Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración correspondiente al domicilio del solicitante. Si dispone de certificado digital  puede acceder a la Sede Electrónica y remitir telemáticamente el modelo de solicitud y la documentación requerida a través del trámite de registro electrónico Alta en Convenio Especial.

Plazos:

Cualquier momento posterior a la fecha del traslado de su residencia en España.

Efectos:

Los efectos se producen desde la fecha de solicitud.

Requisitos:
  • Que el solicitante sea titular de una pensión o, en su caso de una renta concedida exclusivamente en virtud de la Legislación Federal Suiza de Seguridad Social y que ostente la nacionalidad suiza o española.
  • Acreditar el traslado de residencia y fecha en que ésta queda fijada en España.
  • Si existieran familiares beneficiarios a su cargo, deberá acreditar la relación de parentesco.
Extinción:

Causas de extinción:

  • Falta de abono de las cuotas correspondientes a tres mensualidades consecutivas o cinco alternativas.
  • Por quedar el titular del derecho comprendido como trabajador en activo, como pensionista o como beneficiario en cualquier Régimen del sistema de la Seguridad Social española. 
  • Por fallecimiento del pensionista.
  • Decisión voluntaria del titular del Convenio debidamente comunicada por escrito a la Tesorería General de la Seguridad Social. 
  • Por dejar de residir en territorio español. 
  • Por pérdida de la condición de pensionista.
Otros datos de interés:

El suscriptor del convenio especial abonará una cuota mensual que será fijada anualmente por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. El pago de la cuota se efectuará por mensualidades vencidas dentro del mes natural siguiente al respectivo periodo de liquidación.

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