Solicitud de prestaciones
Las solicitudes de prestaciones españolas y senegalesas deberán dirigirse a la Institución competente del país donde resida el interesado y tendrán eficacia en los dos países, siempre que el interesado manifieste expresamente o se deduzca de la documentación presentada que ha ejercido una actividad laboral en ambos países.
A) En España:
a) El Centro de Atención e Información de la Seguridad Social más próximo a su domicilio (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o
b) Las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina, cuando se trate de trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar
B) En Senegal:
a) La Caja de Seguridad Social (CSS) para las prestaciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
b) El Instituto de Previsión Jubilación de Senegal (IPRES) para las prestaciones de jubilación, muerte y supervivencia.