Categoría: Solicitud y variaciones de la prestación
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Si tiene certificado digital o Cl@ve permanente, puede solicitar los periodos sucesivos a través del espacio Tu Seguridad Social (TUSS) de la Sede Electrónica de la Seguridad Social a través del siguiente enlace. Se podrán solicitar los periodos sucesivos, con independencia del canal por el que se haya solicitado el periodo inicial.
Una vez esté aprobada la solicitud inicial, se podrán solicitar los periodos sucesivos con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio de ese periodo sucesivo, en la opción del espacio Tu Seguridad Social "SOLICITAR PERIODOS". En estos casos, no se podrá enviar el certificado de empresa hasta que no haya comenzado el periodo de disfrute de ese periodo sucesivo.