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Auxilio por defunción
Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.
- Quien haya soportado los gastos del sepelio.
- Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha soportado, por este orden, el cónyuge sobreviviente, el sobreviviente de una pareja de hecho, los hijos y los parientes del fallecido que conviviesen habitualmente con él.
- 46,41 euros.
Los documentos que se indican a continuación deben presentarse en original acompañados de copia para su compulsa o en fotocopia ya compulsada, excepto para los documentos de identidad del punto 1 en los que será suficiente la exhibición del original.
1. Acreditación de identidad del solicitante mediante la siguiente documentación en vigor:
-
Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI).
-
Extranjeros residentes o no residentes en España: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero) exigido por la AEAT a efectos de pago.
2. Certificado del Acta de defunción del fallecido.
3. Si existe parentesco entre el solicitante y el fallecido, Libro de Familia actualizado o Actas acreditativas del parentesco expedidas por el Registro Civil o por el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma o localidad de residencia.
4. Certificado del Ayuntamiento que acredite la convivencia con el fallecido de la pareja de hecho y de los parientes distintos del cónyuge e hijos menores.
5. Si no existe parentesco o convivencia entre el solicitante y el fallecido, documento acreditativo de haber satisfecho los gastos del sepelio.
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