
MINISTERIO
DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
Contenido
Trabajadores
Estás en: Inicio » Trabajadores » Prestaciones / Pensiones de Trabajadores » Incapacidad permanente » Régimen General » Prestaciones » Incapacidad permanente total » Compatibilidades / Incompatibilidades
Compatibilidades / Incompatibilidades
-
De la pensión con el trabajo:
-
Es compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia en la misma empresa o en otra distinta, si bien el pensionista debe comunicar a la Entidad gestora dicha circunstancia. Si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en algún régimen de Seguridad Social, existe obligación de cursar la correspondiente alta y cotizar.
-
Es incompatible con el desempeño del mismo puesto en la empresa.
-
Del incremento del 20% con el trabajo y otras prestaciones:
-
Con la realización de trabajos por cuenta ajena o propia.
-
Y con las prestaciones de Seguridad Social que puedan derivarse de dichos trabajos, como son el subsidio de incapacidad temporal o de maternidad que persiste más allá de la relación laboral o la actividad profesional, o las prestaciones de desempleo que pudieran corresponder por los mismos.
El percibo del incremento del 20% es incompatible:
Información Relacionada
Pie
Copyright © Seguridad Social 1995. Todos los derechos reservados. Aviso Legal.





