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Bases y tipos de cotización 2010



BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
Grupo de Cotización Categorías Profesiones Bases mínimas Bases máximas
1 Ingenieros y Licenciados.Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores 1.031,70 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 855,90 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
3 Jefes Administrativos y de Taller 744,60 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
4 Ayudantes no Titulados 738,90 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
5 Oficiales Administrativos 738,90 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
6 Subalternos 738,90 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
7 Auxiliares Administrativos 738,90 Euros/mes 3.198,00 Euros/mes
8 Oficiales de primera y segunda 24,63 Euros/día 106,60 
Euros/día
9 Oficiales de tercera y Especialistas 24,63 Euros/día 106,60
Euros/día
10 Peones 24,63 Euros/día 106,60
Euros/día
11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional 24,63 Euros/día 106,60
Euros/día


TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Comunes 23,60 4,70 28,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor 12,00 2,00 14,00
Resto Horas Extraordinarias 23,60 4,70 28,30

(1) Tipo de contingencias comunes (IT) trabajadores mayores de 65 años edad y 35 años cotizados: 1, 70 por 100 (1,42 por 100 -empresa- y 0,28 por 100 -trabajador-).


DESEMPLEO EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Tipo General 5,50 1,55 7,05
Contrato duración determinada Tiempo Completo 6,70 1,60 8,30
Contrato duración determinada Tiempo Parcial 7,70 1,60 9,30

EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FOGASA 0,20 0,20

EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60 0,10 0,70

TOPES COTIZACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
MÁXIMO MÍNIMO
3.198,00 738,90

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
GRUPO COTIZACIÓN BASE MÍNIMA/HORA
1 6,22 
2 5,16 
3 4,49
4 a 11 4,45

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL(SMI)
DIARIO MENSUAL ANUAL
IMPORTES 21,11 633,30 8.866,20

INDICADOR PÚBLICO DE RENTAS DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)
DIARIO MENSUAL ANUAL
IMPORTES 17,75 532,51 6.390,13


Base Mínima 841,80
Base Máxima 3.198,00
Base Límite > 49 años 1.665,90
Tipo (con I.T.  ) 29,80
Tipo (sin I.T.) 26,50
Tipo AT y EP (con I.T.) Tarifa primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, en redacción dada por la disposición final octava de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, sobre la misma base de cotización elegida por los interesados por contingencias comunes.

En los casos de trabajadores con 50 años o más de edad a 01/01/2010 que no tengan 5 años de cotización a la Seguridad Social: la base de cotización estará comprendida entre 907,50 y 1.665,90 euros/mensuales

El cónyuge supérstite con 45 o más años de edad podrá optar por una base de cotización comprendida entre 841,80 y 1.665,90 euros mensuales.

El tipo por Contingencias Comunes (IT) para trabajadores mayores de 65 años edad, y 35 años cotizados: 3,30 por 100.

Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio podrán elegir como base mínima de cotización: 841,80 euros/mensuales, 738,90 euros/mensuales y 462,90 euros/mensuales (CNAE-09: 4781, 4782, 4789, 4799-opción base mínima-).

Trabajadores autónomos (sin opción AT y EP), cotización adicional del 0,1%, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.



Base Mínima (RETA) 841,80
Tipo 18,75%
Base Superior Mínima Cuantía que exceda
Tipo 28,30%
Mejora Voluntaria |I.T. 3,30%
Tipo AT y EP Tarifa primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, en redacción dada por la disposición final octava de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre.
|IMS (no opción AT y EP) 1,00%

Los trabajadores incluidos en este sistema que no hayan optado por la cobertura de AT y EP, efectuarán una cotización adicional del 0,1 por 100, sobre la base de cotización elegida, para la financiación de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.



BASE TIPO (*) CUOTA
738,90 22 162,56

(*) Servicio exclusivo y permanente: 18,3% (El/la Empleador/a) y 3,7% (El/la E.H.).

Cotización adicional durante el 2010, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural del 0,1%, sobre la base única de cotización. En el caso de trabajadores a tiempo completo será por cuenta exclusiva del empleador/a.



EMPRESAS
COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES (opción) Accidentes Trabajo y Enfermedades Profesionales
GRUPO
COTIZACIÓN
SISTEMA GENERAL
BASE COTIZACIÓN MENSUAL
JORNADAS REALES
BASE COTIZACIÓN DIARIA

TIPO

Tarifa Primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, según redacción de la disposición final octava de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
1 1.031,70 44,86 (1)
2 a 11 897,00 39,00 (1)

Desempleo - Tipos FOGASA
Trabajadores fijos Trabajadores eventuales 0,20
Empresa Trabajador Total Empresa Trabajador Total
5,50 1,55 7,05 - Tipo General 6,70 1,60 8,30
- Prácticas, relevo, interinidad, discapacitados 5,50 1,55 7,05

(1) 20,20 por ciento – 15,50 por ciento a cargo de la empresa y 4,7 por ciento a cargo del trabajador.

Nota: Trabajadores con 60 años de edad y 5 años de antigüedad en la empresa o con 59 años de edad y 4 años de antigüedad: Bonificación o reducción, respectivamente sobre la cuota resultante de aplicar a la base de cotización que corresponda el tipo del 14,57 por ciento.

TRABAJADORES CUENTA AJENA (*)
GRUPO
COTIZACIÓN

BASE MENSUAL COTIZACIÓN
TIPO
1 1.031,70 11,50
2 855,90 11,50
3 744,60 11,50
4 a 11 738,90 11,50

(*) Obligación de cotizar cuando no proceda la cotización empresarial por el sistema general y no existan jornadas reales en el período de liquidación. (Períodos de inactividad).


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