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Aplazamientos de pago
- ¿Cómo solicitar un aplazamiento de pago?
- ¿Qué documentos reconoce la Administración como fiables para fundamentar la petición de solicitud de aplazamiento?
- ¿La solicitud de aplazamiento de deuda se puede presentar cuando el sujeto prevea que su situación económico-financiera le va a impedir efectuar el ingreso de sus deudas en los plazos y términos que establezca la ley?
Para el pago de una deuda con la Seguridad Social existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento, que le será concedido siempre que se reúnan una serie de condiciones. Para solicitar el mismo existe un modelo de solicitud que le entregarán en cualquiera de las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde además le informarán y resolverán cuantas dudas tenga al respecto. Lo más práctico es que se dirija usted a la Administración donde tiene la deuda y gestionar en ella el aplazamiento. El plazo máximo para la amortización de la deuda es de cinco años, pero dependerá del importe de la deuda y de las circunstancias existentes que se conceda el máximo o uno inferior. La concesión del mismo dará lugar al devengo de intereses, conforme al interés legal del dinero.
No existe un listado de documentos. La Administración puede solicitar documentación económica del solicitante dependiendo de lo complejo que sea el expediente, del importe de la deuda, de la naturaleza del sujeto responsable, |Etc.
Puede solicitar el aplazamiento de las deudas que estén en plazo reglamentario de ingreso. Lo que no puede solicitar es el aplazamiento de cuotas futuras cuyo plazo reglamentario de ingreso no ha llegado aún.
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