
MINISTERIO
DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
Contenido
Sistema RED
Estás en: Inicio » Sistema RED » Acceso al Sistema RED
Acceso al Sistema RED
Ámbito:
El ámbito de actuación queda determinado en el artículo 3 de la Orden Ministerial de 3 de abril de 1995 (BOE del 7 de Abril) sobre uso de medios electrónicos, telemáticos e informáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.
En esta Orden Ministerial se cita que al Sistema Red se podrán adherir empresas y agrupaciones de empresas y demás sujetos obligados en relación con las actuaciones anteriores así como profesionales colegiados y aquellas personas que, en el ejercicio de su actividad profesional deban confeccionar o presentar documentación relativa a los actos aludidos por esta Orden y que deberán ostentar la representación de las empresas o sujetos obligados en cuyo nombre actúen en los términos establecidos por la Ley.
Más tarde queda ampliado en la Resolución de 30 de Marzo de 1999 por la que se establece la posibilidad de adhesión de demás personas que en el ejercicio de su actividad profesional deban presentar o confeccionar documentación relativa a cotización y afiliación de empresas como representantes autorizados de éstas.
Por tanto para el uso del Sistema RED (RED Internet y/o RED Directo) se requiere estar autorizado por la TGSS.
-
RED Directo sólo se puede utilizar para gestionar CCCs con un número menor o igual a 15 trabajadores.
-
RED Internet no tiene limitaciones en cuanto al número de trabajadores.
Esta autorización se concede a los colectivos anteriormente descritos, en el ámbito de los siguientes regímenes:
- Régimen General, (incluidos: Régimen Especial de Artistas, Sistema Especial de Frutas Hortalizas y Conservas Vegetales, Sistema Especial de Manipulado y Empaquetado del Tomate Fresco, Sistema Especial de los Trabajadores Fijos Discontinuos que Prestan sus Servicios en las Empresas de Exhibición Cinematográfica, Salas de Baile, Discotecas y Salas de Fiesta y Sistema Especial de los Trabajadores Fijos Discontinuos que Prestan sus Servicios en Empresas de Estudio de Mercado y Opinión Pública).
- Regímenes Especiales de los Trabajadores del Mar (Cuenta Ajena) y Minería del Carbón.
- Sistema Especial de Trabajadores Cuenta Ajena Agrarios.
Las autorizaciones de RED Directo, a fecha de hoy, en el ámbito de Cotización solo está disponible para el Régimen General, Régimen Especial de Trabajadores del Mar y Sistema Especial de Trabajadores Cuenta Ajena Agrarios (L00, L02, L03, L09 y L13). Aunque en un futuro todos los Regímenes estarán incluidos en RED Directo Cotización.
Descripción:
Es un servicio que ofrece la TGSS a empresas, agrupaciones de empresas y profesionales, cuya misión es permitir el intercambio de información y documentos entre ambas entidades (TGSS y usuarios) a través de INTERNET.
Por medio del Sistema RED se puede entrar en contacto directo con la TGSS que, gracias a los medios tecnológicos y elementos de seguridad necesarios, le permite el acceso a datos de empresa y trabajadores, así como la remisión de documentos de cotización y afiliación y partes médicos.
Los ámbitos de actuación que abarca el Sistema RED, son los siguientes:
- Cotización: presentación de documentos de las series TC2 (Relación nominal de trabajadores), tramitación de saldos acreedores, ingreso de las cuotas mediante domiciliación en cuenta o pago electrónico y Gestión de Deuda.
- Afiliación: altas, bajas, variaciones de datos de trabajadores, así como consultas y petición de informes relativas a trabajadores y empresas.
- Tramitación de los partes de alta y baja médica de AT y EP , así como los partes de confirmación, al Instituto Nacional de la Seguridad tanto derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales.
El usuario podrá realizar estas gestiones y recibir mensajes de la TGSS desde su propio despacho, sin necesidad de desplazarse y sin las limitaciones de horario de oficinas.
En el caso de RED Internet, el usuario podrá acceder a todos los servicios de “Afiliación” y de “Tramitación de Partes de Alta y Baja Médica” ofrecidos por el Sistema RED. Sin embargo, respecto a los servicios de Cotización, el usuario debe instalarse la aplicación WinSuite32 proporcionada por la Seguridad Social (JRedCom para el caso de Sistemas Operativos Linux) para poder llevar a cabo la presentación de los documentos de las series TC2 y solicitud de una de las modalidades de pago ofrecidas por la TGSS, Domiciliación en cuenta o Pago Electrónico para realizar el pago de estos TC2.
Además de los servicios anteriores, también es posible descargar automáticamente los ficheros remitidos por la TGSS al usuario (acuses técnicos).
Requisitos:
- Estar debidamente autorizado por la TGSS como autorizado del Sistema RED (RED Internet y/o RED Directo).
- Para acceder a este servicio es imprescindible disponer de un Certificado Digital Silcon o DNI Electrónico que garantice la seguridad y confidencialidad de todas las actuaciones.
- Además de los requisitos técnicos generales, para poder hacer uso de los servicios relativos al Sistema RED, es necesario contar con el siguiente software:
- Navegador de Internet. Los navegadores soportados actualmente son:
- Internet Explorer 5.5 o superior (no válido para Linux)
- Firefox 1.5.x
- Mozilla 1.7.x
Para el correcto funcionamiento de todos los servicios del Sistema RED con los navegadores Firefox y Mozilla, es necesario que se parametricen sus opciones: Configuración de Navegadores Firefox y Mozilla.
- Máquina Virtual Java (Java Virtual Machine, JVM). Las máquinas virtuales soportadas actualmente son:
- Microsoft 5.x
- JRE SUN 1.5 (no permite utilizar el servicio de “Descarga de Ficheros”)
- Navegador de Internet. Los navegadores soportados actualmente son:
Información Relacionada
Pie
Copyright © Seguridad Social 2013. Todos los derechos reservados. Aviso Legal.





